Andalucía

El TSJA anula el suspenso a un alumno objetor de Ciudadanía

  • El tribunal cree que Educación realiza una "denegación fáctica" del derecho a objetar

La sección tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado un auto que anula cautelarmente el suspenso impuesto en Educación para la Ciudadanía a un alumno cuya solicitud de objeción de conciencia aún no había sido resuelta. El suspenso en la evaluación del alumno supondría, a juicio del tribunal, reconocer la negación al derecho a la objeción.

A partir de ahora, y hasta que el TSJA no falle en firme en cuanto a este recurso, la calificación de suspenso "desaparece del expediente educativo" de este alumno "no se tiene en consideración". El abogado Carlos Seco, que representa a la familia, advirtió que la calificación de no aprobado a un alumno cuya solicitud de conciencia aún no ha sido resuelta motiva "una situación absolutamente kafkiana, ya que el TSJA ha suspendido un suspenso".

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