Sevilla

El fiscal dice que Tirado "quebró" el Estado de Derecho en el caso Mari Luz

  • El Ministerio Público reprocha al juez que utilice las funciones del secretario como "patente de corso" para exculparse de cualquier situación que suceda en su juzgado

La Fiscalía General del Estado ha pedido al Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que desestime el recurso del juez Rafael Tirado en el que pidió el archivo del expediente disciplinario por el que fue condenado a pagar 1.500 euros porque la actuación del magistrado al no encarcelar durante más de dos años a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, supuso la "quiebra" del Estado de Derecho. El escrito de alegaciones presentado por el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan Martín-Casallo, reitera el planteamiento del Ministerio Público a lo largo del expediente, al considerar que el retraso en la tramitación de la ejecución de la condena impuesta al pederasta por abusar de su hija constituye una falta "muy grave" de desatención, por la que reclama tres años de suspensión de empleo y sueldo.

El teniente fiscal considera que el procedimiento para encarcelar a Santiago del Valle "se inició" más de dos años después de la firmeza de la sentencia, coincidiendo con su arresto por el asesinato de Mari Luz, lo que supone "la quiebra del Estado de Derecho" en cuanto al normal cumplimiento de las resoluciones condenatorias, dando lugar a una serie de "desfases gravísimos por cuanto el no cumplimiento de la condena produce los mismos efectos negativos que si la misma todavía no se hubiera impuesto". Ese desfase afecta a los fines de "prevención general" que persigue la ley, ya sea para restablecer la confianza de la sociedad en el Derecho o para disuadir a quienes no han delinquido. También incide en la "prevención especial" que se dirige a que el condenado, a través de la pena, no vuelva a cometer actos ilícitos. El fiscal apunta además que el retraso al encarcelar a Del Valle vulneró el derecho fundamental de la víctima a la tutela judicial efectiva de los tribunales.

El Ministerio Público rechaza en el documento elevado al Pleno del CGPJ todos los argumentos que esgrimió Rafael Tirado para solicitar el archivo del expediente e insiste en que el juez tenía la obligación de "llevar a cabo las funciones de vigilancia y control" para que la ejecución de la sentencia no se "desvirtúe o malogre por la inacción dentro del mismo durante un dilatadísimo periodo de tiempo".

El teniente fiscal reconoce que aunque son "ciertas" las apreciaciones de Tirado sobre la oficina judicial, éstas "no desvirtúan en absoluto la responsabilidad que le incumbía como titular del juzgado, bien porque debió dar la orden [para que fuese encarcelado] y, si así lo hizo, porque debió vigilar su cumplimiento y no dejar desatendida dicha ejecutoria más de dos años".

En este punto, la Fiscalía rechaza los argumentos del juez Tirado, que culpó a la inacción de la secretaria en el ámbito de su labor de "dar cuenta" al magistrado de la situación de la causa. "El recurrente quiere construir a partir de la dación de cuenta una auténtica patente de corso que le exculpe de cualquier situación que pueda producirse en el juzgado, pero oculta que, con dación de cuenta o sin ella, se halla obligado por la existencia de deberes", señala el fiscal, que cita entre estos deberes el de "vigilar" que la dación se lleve a cabo con la regularidad que exijan las circuntancias y "controlar" que la misma se ajusta a la realidad jurídica del caso concreto.

Para el Ministerio Público, Rafael Tirado "omitió de modo absoluto" estos de estos deberes y concluye que su juzgado "no era precisamente un modelo de diligencia en su actividad".

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