Andalucía

Un agricultor, condenado por arrancar de un mordisco la oreja a su vecino

  • La Audiencia le impone cuatro años de cárcel y 34.000 euros de indemnización

Un agricultor ha sido condenado a cuatro años de cárcel por arrancarle casi de cuajo una oreja a un vecino al que mordió en el transcurso de una discusión por las lindes de sus respectivas fincas. La sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga precisa que el acusado y la víctima mantenían desde hacía tiempo diferencias a consecuencia de los linderos de sus respectivas parcelas. Con esos precedentes, el 17 de agosto de 2009 se ensarzaron en una discusión en la que llegaron a las manos. Durante la pelea el campesino ahora condenado le dio a su vecino un mordisco en la oreja tan fuerte que llegó a arrancarle el 95% del pabellón auricular, de acuerdo con los hechos que el tribunal declara probados.

La víctima tuvo que someterse a dos intervenciones quirúrgicas para tratar de restaurar el trozo arrancado y tardó 55 días en recuperarse de las lesiones. Además, también necesitó tratamiento para la ansiedad y la depresión que sufrió a consecuencia del traumatismo.

El acusado trató de hacer ver durante el juicio que el bocado se produjo en un momento en el que trataba de repeler la agresión de su vecino. El tribunal recuerda que contó que la víctima "le agarró por el cuello y, temiendo por su vida, mordió lo primero que pudo", de modo que "si pilló la oreja fue por casualidad". Sin embargo, la sala duda abiertamente de la veracidad de esta explicación. Sostiene que el acusado "ha mentido", porque sus palabras no sólo "no han sido corroboradas", sino que han sido "desmentidas por la propia lógica de los acontecimientos".

Esta afirmación se basa en que el acusado primero explicó a la Guardia Civil que la víctima le había golpeado repetidas veces con una piedra y, sin embargo, durante el juicio admitió que se había tratado "de un único porrazo, para cogerle del cuello a continuación". El tribunal interpreta que este cambio responde a la necesidad de ofrecer una versión coherente con la levedad de las lesiones que sufrió, que consistió en una "escoriación y tuumefacción del tercio medio de la clavícula izquierda". Es decir, el ataque que recibió "no fue insistente y repetid" y "no revistió ninguna seriedad".

Pero la sala aún va más allá y también pone en solfa la versión ofrecida por la víctima del mordisco. La sentencia explica que los ánimos entre ambos vecinos, con fincas colindantes en Yunquera, estaban ya enconados y que, según ponen de manifiesto los informes forenses, tras la pelea los dos sufrieron padecimientos y no sólo el campesino ahora condenado. El informe de los médicos forenses no tiene consecuencias jurídicas para la víctima, puesto que nadie la ha imputado en este procedimiento, pero, en cambio, sí tiene peso para desbaratar la versión de la legítima defensa que invoca el acusado.

La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga condena por tanto al acusado por un delito de lesiones a cuatro años de prisión y le impone que indemnice a la víctima en 34.154 euros. Además, le prohíbe que durante cinco años se aproxime a su vecino y víctima a menos de 300 metros y que durante todo ese tiempo se comunique por cualquier medio con él.

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