Andalucía

El juez decreta libertad provisional sin fianza para Rafael Gómez

  • El empresario tendrá que acudir cada 15 días a los juzgados y tiene retirado el pasaporte

Rafael Gómez llega a los juzgados durante una de las vistas del juicio.

Rafael Gómez llega a los juzgados durante una de las vistas del juicio. / josé martínez

El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba, Miguel Ángel Pareja, decretó ayer libertad provisional sin fianza para el empresario Rafael Gómez, después de que la Fiscalía solicitara como medida cautelar que entrara en la cárcel de manera preventiva o pagara una fianza de tres millones de euros. El auto del juez establece además que Gómez deberá presentarse cada 15 días en los juzgados y comunicar cualquier cambio de domicilio que realice y se le mantiene la retirada del pasaporte al que fuera líder de la oposición municipal con el partido UCOR.

En la vista celebrada ayer en la Audiencia Provincial para tratar esas medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público, la defensa del constructor se opuso a dicha petición y alegó que existen "medidas menos gravosas" como es, precisamente, comparecer en los juzgados. Además, el propio Gómez manifestó durante la vista que no puede pagar una fianza como la solicitada por la Fiscalía de tres millones de euros.

La Fiscalía recurrirá la condena de cinco años y tres meses de cárcel para el constructor

Respecto a los razonamientos jurídicos que llevaron a Pareja a determinar que el empresario no tendrá que entrar a prisión como medida cautelar, el auto explica que la libertad del condenado por sentencia no firme "debe ser respetada"; todo ello, añade, salvo que "se estime indispensable por razones de cautela". El magistrado se basó, en este caso, en el derecho a la libertad y expuso que la prisión provisional "debe regirse por el principio de excepcionalidad" lo que exige aplicar lo conocido como "favor libertatis", esto es, de manera resumida, si hay incertidumbre en la interpretación de la norma, optar por aquello que más beneficie al ciudadano. Sobre el mantenimiento de la retirada del pasaporte, el magistrado sí lo consideró "proporcionado, idóneo y necesario", mismas palabras que aplicó a la obligación que tendrá Gómez de presentarse ante la Justicia los días 1 y 15 de cada mes y siempre que se le requiriera.

La Fiscalía, por otra parte, también anunció ayer que recurrirá la sentencia dictaminada el pasado lunes por el Juzgado de lo Penal número3 de Córdoba en la que el magistrado condenó a Gómez a cinco años y tres meses de cárcel, 112 millones de euros de multa y el pago de otros casi 29 millones a Hacienda como indemnización como responsable civil directo. Los cuatro hijos de Gómez resultaron absueltos de todos los cargos. El Ministerio Público recurrirá dado que la petición inicial realizada para Gómez y sus hijos dista mucho de la que finalmente ha sentenciado el juez. En este caso, la Fiscalía pedía 40 años de cárcel para el joyero y 19 años y tres meses para cada uno de sus hijos por la comisión de diez delitos contra la Hacienda Pública. Finalmente, tan solo Gómez fue condenado en la causa y no por diez delitos, sino por dos, en este caso relacionados con el impago del impuesto de sociedades de sus empresas Arenal 2000 y Arenal 2001 durante el año 2006. El recurso del Ministerio Público tiene de plazo para ser presentado hasta el próximo 7 de marzo.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios