Andalucía

El denunciante del caso de los Romanones no tendrá que pagar las costas

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la condena al pago de las costas de la defensa que le fue impuesta en la sentencia absolutoria de la Audiencia de Granada al joven que, en el 2014, denunció por supuestos abusos sexuales al padre Román, lo que originó el conocido como caso Romanones. El alto tribunal argumenta en una resolución que el denunciante no actuó con mala fe ni con temeridad.

La Sala de lo Penal del Supremo estimael recurso de casación formulado por el representante legal del joven contra la sentencia del tribunal de Granada en abril de 2017. El alto tribunal deja sin efecto ese fallo en lo relativo a la imposición al denunciante de las costas de la defensa, de cuya condena lo absuelve, y declara de oficio las derivadas del recurso de casación.

La Audiencia de Granada absolvió al único enjuiciado en la causa, el padre Román, por la falta de persistencia de la acusación y la concurrencia de "graves contradicciones" en la declaración de la supuesta víctima. La causa se inició cuando el joven puso en conocimiento de la Fiscalía andaluza, en octubre del 2014, unos supuestos abusos sexuales que habrían ocurrido cuando tenía entre 14 y 17 años, unos hechos sobre los que llegó a pronunciarse el papa Francisco. En el proceso judicial, llegó a haber hasta doce investigados -diez curas y dos laicos-.

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