Consejo de Ministros

El nuevo FROB podrá decidir si un banco o sociedad de inversión es inviable

  • El Gobierno crea un fondo de resolución bancaria de unos 6.000 millones para limitar el uso de dinero público.

El Gobierno ha creado un fondo de resolución nacional bancaria con una dotación de entre 5.500 y 6.000 millones de euros, que será financiado por las aportaciones de la banca, con el fin de que el rescate futuro de entidades con dinero público sea "excepcional". Así lo ha anunciado el ministro de Economía, Luis de Guindos, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, en el que se ha aprobado el anteproyecto de ley de resolución bancaria, que básicamente transpone una directiva europea. El ministro ha concretado que este fondo será administrado por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y sus recursos alcanzarán al menos el 1% de los depósitos garantizados del sector.

Las dotaciones al fondo, que se integrará de forma progresiva hasta 2016 en el Fondo Único Europeo, se nutrirán de las cuotas abonadas por la banca al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), del dos por mil de los depósitos. Hasta que este fondo nacional se integre en el europeo, las aportaciones de las entidades se repartirán entre ambos. El Ministerio de Economía ha explicado en un comunicado que la contribución de cada entidad se determinará atendiendo a la proporción que los pasivos totales, excluidos los recursos propios y el importe de los depósitos garantizados, representen sobre el total agregado de las entidades. Adicionalmente, las contribuciones se ajustarán al perfil de riesgo de cada entidad.     

El FROB contará con los recursos de este fondo para financiar medidas de resolución. El orden de prelación para asumir pérdidas en una entidad en resolución fija en primer lugar a los accionistas y acreedores, hasta un valor del 8% del total de pasivos de las entidad. Si esta cantidad no es suficiente para el reflote, el fondo de resolución creado asumiría hasta un importe máximo de un 5% de los pasivos. El ministro ha explicado que estos porcentajes de pérdidas no se han dado nunca en el rescate de una entidad española. "Se garantiza que la entrada de dinero público será excepcional", ha afirmado tajante. 

El titular de Economía ha incidido en que en el futuro rescate de las entidades entrará "antes" dinero privado que público. Al respecto, ha garantizado que en última instancia se afectará a los depositantes, quedando excluidos los depósitos cubiertos por el FGD, de hasta 100.000 euros. A partir del 1 de enero de 2016, una vez que el Mecanismo Único de Resolución (MUR) europeo esté plenamente operativo, los fondos nacionales de resolución de los países miembros de la zona euro se integrarán en un Fondo Único de Resolución. La mutualización del uso de este fondo único se realizará de manera progresiva en un plazo de ocho años. El calendario previsto establece que en el primer año será del 40%; en el segundo año del 20%, mientras que los siguientes seis años será del 40% restante, en porcentajes iguales.

El anteproyecto contempla la necesidad de que todas las entidades cuenten, de manera preventiva, con un plan de reestructuración y de resolución, que posteriormente será propuesto al supervisor.

El 90% de las entidades deberán entregárselo al BCE, mientras que el 10% restante (cajas de ahorros y cajas rurales, en su mayoría) serán analizados por el Banco de España. En el caso de las sociedades de inversión, el supervisor será la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La nueva ley señala que el procedimiento de actuación temprana se aplicará cuando una entidad no pueda cumplir con la normativa de solvencia, pero esté en disposición de hacerlo por sus propios medios. En este caso, será el supervisor competente quien indicará dicho procedimiento y adoptará las medidas de actuación.

Entre estas medidas se encuentran la intervención de la entidad, la sustitución provisional de sus administradores, la reestructuración de su deuda, la imposición de cambios de estrategia comercial o en la estructura jurídica de la entidad. El FROB estará informado de la adopción de estas medidas. También se prevé un procedimiento de resolución que se aplicará cuando una entidad sea inviable o sea previsible que vaya a serlo en el futuro y que, por razones de interés público y estabilidad financiera, sea necesario evitar su liquidación concursal.

Será el FROB, que desde abril contará con un presidente ejecutivo "independiente", quien analice si se dan el resto de circunstancias que deben concurrir para iniciar el procedimiento de resolución. Una vez que se den las condiciones para la resolución, el FROB acordará la apertura del proceso y, salvo excepciones, procederá a la sustitución del órgano de administración.

A preguntas de los periodistas, el ministro de Economía ha descartado postularse como presidente del MUR, puesto que ya se han presentado candidatos. "Hay una lista corta para la Presidencia, la Vicepresidencia y para los cuatro consejeros", ha indicado, al tiempo que ha señalado que entre estos aspirantes hay un español. Por otra parte, ha hecho hincapié en que "el único responsable" de la resolución de los bancos españoles será el Mecanismo Único y ha insistido en que el Banco de España velará por el 10% de las entidades. "El órgano de resolución del sistema español es el MUR, ubicado en Bruselas, que es uno de los pilares fundamentales de la UE", ha recalcado.

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