Economía

El Constitucional avala definitivamente la reforma laboral del Gobierno

  • Rechaza que vulnere el papel de las organizaciones sindicales y empresariales y los derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva. Según CCOO y UGT, la sentencia ratifica la pérdida de derechos laborales.

El Tribunal Constitucional ha avalado definitivamente la reforma laboral emprendida por el Gobierno en 2012 rechazando que haya vulnerado el papel institucional de las organizaciones sindicales y empresariales, el derecho a la libertad sindical o el derecho a la negociación colectiva. Estos son los argumentos que esgrimían el PSOE e IU en los recursos que interpusieron contra la reforma laboral que el Pleno de Constitucional ha rechazado por nueve votos a tres, según fuentes jurídicas, que han añadido que la sentencia se conocerá previsiblemente la próxima semana. Ambos partidos consideraban además que la normativa atentaba contra el derecho al trabajo, el derecho a la tutela constitucional y a la tutela judicial efectiva.

De esta forma, el Alto Tribunal mantiene la misma posición que ya mostró el pasado julio al amparar varios preceptos de la reforma cuando analizó el recurso de inconstitucionalidad que planteó el Parlamento de Navarra, dando su visto bueno a la duración de un año del periodo de prueba del contrato indefinido de apoyo a emprendedores.

También consideraba legal el llamado descuelgue del convenio colectivo, es decir, la posibilidad de que los trabajadores y el empresario negocien sobre la no aplicación del convenio colectivo en algunos aspectos concretos. El Parlamento de Navarra no cuestionaba este aspecto, sino la posibilidad que contempla la ley de que en aquellos casos en los que no hubiera acuerdo por las partes interviniese una Comisión Consultiva Nacional de Convenio Colectivo para arbitrar el conflicto y adoptar una decisión.

Además, también consideró constitucional la prevalencia, en algunas circunstancias, de la aplicación de los convenios de empresa sobre los sectoriales. Previamente, en noviembre de 2013, el Constitucional rechazaba admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el juzgado de lo Social número 30 de Madrid en relación a la reforma laboral, que entendía que determinados aspectos podían vulnerar el derecho a la tutela judicial de los trabajadores frente al despido injustificado.

Según CCOO y UGT, la sentencia ratifica la pérdida de derechos laborales

CCOO y UGT han asegurado que la sentencia ratifica la pérdida de poder de la negociación colectiva, y obvia el papel que ésta tiene que desempeñar en un Estado de derecho. En un comunicado conjunto, los sindicatos han recalcado que el sentido del fallo de la sentencia se da a conocer el mismo día en que el Comité de Derechos Sociales dice que España no cumple la Carta Social Europea en cuanto a la remuneración del salario mínimo de los trabajadores, insuficiente para asegurar un nivel de vida decente.

Tanto CCOO como UGT han coincidido en que con esta sentencia el Tribunal Constitucional hace una lectura de la Carta Magna por debajo de los estándares europeos e internacionales en materia de derechos laborales y sociales, y declara que la reforma laboral es compatible con el texto constitucional. CCOO y UGT han insistido en que la sentencia ratifica la pérdida de poder de la negociación colectiva "como instrumento de regulación de las relaciones laborales frente al poder unilateral del empresario".

Los sindicatos han lamentado que el Constitucional avale, de esta forma, la inaplicación de un convenio simplemente con el voto de la administración, lo que, en su opinión, es "retrotraerse" a la época franquista. Finalmente, han señalado que declarar la constitucionalidad del contrato de apoyo a emprendedores supone respaldar la posibilidad de despido sin causa y la rotación aún mayor, si cabe, en el mercado de trabajo. No obstante, los sindicatos han dicho que esperarán a que el fallo de la sentencia sea notificado para hacer una valoración más extensa.

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