Salud sin fronteras

José Martínez Olmos

Objeción a la píldora

HACE pocos días conocimos la sentencia del tribunal constitucional por la que se establecía que no se había respetado el derecho a la objeción de conciencia a un farmacéutico de Sevilla en lo que se refiere a la dispensación de la píldora post coital. No voy a entrar en consideraciones de la sentencia más allá de que resulta llamativa y preocupante. Acato la sentencia aunque hemos de estar a la espera de un posible recurso por parte de la Junta de Andalucía y, si se produce, veremos como queda de manera definitiva este asunto.

La píldora post coital es un recurso anticonceptivo de emergencia para evitar embarazos no deseados que se está mostrando eficaz en situaciones de esa naturaleza. Estaba yo al frente de la responsabilidad de la secretaria general de sanidad del Ministerio cuando adoptamos la decisión de eliminar el requisito de la receta médica para su dispensación.

Esta medida, avalada por la OMS y numerosas organizaciones médicas y científicas, supuso una mejor posibilidad de acceso para las mujeres que necesitarán un recurso seguro para la anticoncepción de emergencia.

Es evidente que las farmacias son un escalón asistencial muy accesible para las necesidades de salud de la población y el hecho de que la píldora post coital se pueda dispensar en farmacias favorece la accesibilidad y la seguridad para las mujeres. De hecho, elaboramos un protocolo para la dispensación con la colaboración del consejo general de colegios de farmacéuticos de España con esa finalidad cuando adoptamos la medida de eliminar el requisito de prescripción médica.

Esta sentencia no tiene por qué suponer una dificultad para el acceso a la anticoncepción de emergencia para aquellas mujeres que la requieran, salvo que en base al planteamiento que la sentencia realiza reconociendo el derecho a la objeción de conciencia para la dispensación de la píldora hubiera una importante cantidad de farmacéuticos que se reivindicaran ese derecho.

De darse esa situación, será necesario articular medidas que impidan la falta de acceso a la anticoncepción de emergencia para las mujeres que la requieran. Pero también quiero señalar que, de darse esa situación, el actual modelo de relaciones entre la administración sanitaria y los colegios de farmacéuticos podría sufrir una seria modificación.

Los conciertos entre colegios y CCAA podrían enfocarse solo con aquellas farmacias que no pongan inconvenientes al acceso a recursos preventivos como es el caso de la píldora post coital. Veríamos así un replanteamiento al actual modelo de farmacia.

Ni que decir tiene que soy partidario de una prevención eficaz que impida tener que llegar a la situación de emergencia. Pero no siempre va a ser posible. Es por ello que la píldora post coital debe estar disponible sin barreras y, por supuesto, respetando los derechos de todos: el de los profesionales y el de mas mujeres.

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