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Los investigadores ya tienen derechos
Los investigadores ya tienen derechos
El magistrado Francisco José Soriano Guzmán explica a alumnos de posgrado de la Universidad de Granada las novedades de la Ley de la Ciencia, entre ellas, su participación de los beneficios o la movilidad intersectorial
A. Beauchy / Granada | Actualizado 06.02.2012 - 01:00Los investigadores universitarios han sido durante años los eternos becarios, sujetos al arbitrio de los mandamás de los departamentos y a la tiranía de la institución. Pero ahora se puede decir bien alto que los investigadores españoles ya tienen derechos y deberes regulados por ley. En junio de 2011 se publicó la nueva Ley de la Ciencia, Tecnología y la Investigación, un grueso normativo que regulan por primera vez supuestos donde el científico no tenía voz ni voto, lo que motivaba gran parte de la fuga de cerebros, y que ha entrado en vigor hace apenas dos meses. Sólo una de sus grandes novedades, la que regula el primer contrato predoctoral, tendrá que esperar a junio para que entre en vigor.
"La Ley de Ciencia es una buena noticia para los investigadores, porque protege sus hallazgos y mejora sus condiciones laborales", explica Francisco José Soriano Guzmán a una veintena de alumnos del máster universitario en Biotecnología. El magistrado del Tribunal Español de Marca Comunitaria impartió el viernes en el Centro de Instrumentación Científica de la UGR una conferencia en la que detalló cuáles son, a partir de ahora, los derechos y deberes de los investigadores, ya que la Universidad acaba de publicar también sus nuevos Estatutos en los que aborda la misma cuestión.
La Ley introduce un nuevo concepto, que es el de "personal investigador", que define como "aquella persona que, teniendo la titulación, lleva a cabo una actividad investigadora. Y por actividad investigadora entiende la norma "cualquier trabajo creativo realizado de forma sistemática para incrementar el volumen, transferencia y divulgación del conocimiento".
Entre los puntos más polémicos está "el derecho del investigador a participar en los beneficios de las entidades para las que prestan los servicios". El juez Soriano aclaró que ninguna institución puede establecer que los beneficios de la investigación sean el salario de un investigador, que el sueldo debe ser independiente. Pero además, especificó que la titularidad de las investigaciones del profesor es de la Universidad.
"Todo hallazgo deberá ser notificado por el investigador a la universidad en un plazo máximo de tres meses, porque si no perderá los derechos", advirtió el magistrado.
Las universidades exigen además que los hallazgos se presenten a la OTRI (Oficina de Transferencia de la Investigación) o si no perderían esos derechos, pero, tal y como advirtió un investigador, no todos lo hacen. "Antes los que patentaban eran tildados de mercantilistas, pero ahora es necesario".
Y, dependiendo de los estatutos de la institución, ésta podrá participar o ceder los derechos, pero siempre teniendo en cuenta que la universidad tendrá derecho a esos beneficios. "La Universidad puede también ceder la titularidad a cambio de la licencia", dijo.
En el caso de la UGR, el 60% de los beneficios es para el investigador, el 25% para la Universidad y el 15% para el departamento o grupo. Un reparto que difiere mucho de los establecidos en otras instituciones superiores españolas.
La Ley de la Ciencia establece por primera vez tres tipos de contratos para los investigadores: el Contrato Predoctoral, el Contrato de Acceso al SECTI y el Contrato de investigador Distinguido. Pero en ningún caso estas modalidades van a poner fin a las becas que dejan en precario a los investigadores.
Según dijo el propio magistrado, "estos contratos añaden algo nuevo, pero no elimina las becas, así que se deja en manos de las universidades que opten por la modalidad de contrato predoctoral o por las becas, según convengan".
"La Ley de Ciencia es una buena noticia para los investigadores, porque protege sus hallazgos y mejora sus condiciones laborales", explica Francisco José Soriano Guzmán a una veintena de alumnos del máster universitario en Biotecnología. El magistrado del Tribunal Español de Marca Comunitaria impartió el viernes en el Centro de Instrumentación Científica de la UGR una conferencia en la que detalló cuáles son, a partir de ahora, los derechos y deberes de los investigadores, ya que la Universidad acaba de publicar también sus nuevos Estatutos en los que aborda la misma cuestión.
La Ley introduce un nuevo concepto, que es el de "personal investigador", que define como "aquella persona que, teniendo la titulación, lleva a cabo una actividad investigadora. Y por actividad investigadora entiende la norma "cualquier trabajo creativo realizado de forma sistemática para incrementar el volumen, transferencia y divulgación del conocimiento".
Entre los puntos más polémicos está "el derecho del investigador a participar en los beneficios de las entidades para las que prestan los servicios". El juez Soriano aclaró que ninguna institución puede establecer que los beneficios de la investigación sean el salario de un investigador, que el sueldo debe ser independiente. Pero además, especificó que la titularidad de las investigaciones del profesor es de la Universidad.
"Todo hallazgo deberá ser notificado por el investigador a la universidad en un plazo máximo de tres meses, porque si no perderá los derechos", advirtió el magistrado.
Las universidades exigen además que los hallazgos se presenten a la OTRI (Oficina de Transferencia de la Investigación) o si no perderían esos derechos, pero, tal y como advirtió un investigador, no todos lo hacen. "Antes los que patentaban eran tildados de mercantilistas, pero ahora es necesario".
Y, dependiendo de los estatutos de la institución, ésta podrá participar o ceder los derechos, pero siempre teniendo en cuenta que la universidad tendrá derecho a esos beneficios. "La Universidad puede también ceder la titularidad a cambio de la licencia", dijo.
En el caso de la UGR, el 60% de los beneficios es para el investigador, el 25% para la Universidad y el 15% para el departamento o grupo. Un reparto que difiere mucho de los establecidos en otras instituciones superiores españolas.
La Ley de la Ciencia establece por primera vez tres tipos de contratos para los investigadores: el Contrato Predoctoral, el Contrato de Acceso al SECTI y el Contrato de investigador Distinguido. Pero en ningún caso estas modalidades van a poner fin a las becas que dejan en precario a los investigadores.
Según dijo el propio magistrado, "estos contratos añaden algo nuevo, pero no elimina las becas, así que se deja en manos de las universidades que opten por la modalidad de contrato predoctoral o por las becas, según convengan".
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