Granada

El Supremo confirma la marcha atrás de la reforma de la Azucarera

  • Desestima el recurso de casación que el Ayuntamiento interpuso contra la anulación del Plan aprobado en 2004 para la zona

El Tribunal Supremo (TS) ha puesto fin al conflicto judicial de la antigua fábrica de la Azucarera de San Isidro. La reforma urbanística, que lleva una década en tramitación, queda definitivamente anulada y todo vuelve al punto inicial. Es decir, si el grupo de empresarios que tiene intereses en la zona o el Ayuntamiento quiere emprender algún proyecto importante en la zona, tendrá que reiniciarse el largo y tedioso papeleo urbanístico.

La sentencia del TS, dictada este mes y a la que ha tenido acceso Granada Hoy, confirma una anterior resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló, hace casi dos años, el planeamiento urbanístico aprobado por el Ayuntamiento en 2004 para la reforma de estas instalaciones y terrenos, que se encuentran en el barrio de Bobadilla.

Desde 2001, el Ayuntamiento de Granada ha previsto y negociado con los dueños del terreno una serie de proyectos emblemáticos para la zona de la Azucarera, como el de la 'ciudad del ocio' o el complejo de 'loft' propuesto por los propietarios actuales.

Inicialmente la antigua fábrica y todos los terrenos colindantes se reservaron para dotar a la ciudad de una zona llena de negocios e instalaciones dedicadas al ocio. Así se concibió en 2001, cuando se aprobó el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Y en función a esto se inició en 2003 la tramitación de un Plan Especial (el documento necesario para iniciar el proceso de desarrollo urbanístico de la zona) en el que se definían más claramente los usos y la distribución de los terrenos. Después de años de negociaciones con los propietarios (primero Ávila Rojas y luego un holding de empresas de Granada, entre las que está José Julián Consulting), se firmó un convenio en el que se definían una serie de obligaciones urbanísticas y unos plazos para desarrollar los terrenos. En todos estos años la iniciativa no ha terminado de despegar.

Al margen del proyecto constructivo, el Ayuntamiento reprochaba a los promotores que no cumplieran las obligaciones pactadas, en especial la de pagar al Ayuntamiento las compensaciones económicas pactadas.

Los empresarios entendían que no se podía seguir para adelante teniendo en cuenta que todo estaba en el aire por varios recursos judiciales y, en efecto, al final quedó anulado por el TSJA.

El asunto ha llegado al Supremo por el recurso de casación que el Ayuntamiento interpuso contra aquella anulación. Entendía el municipio que el resultado de la valoración que hizo el TSJA había sido "arbitrario e irrazonable". Sin embargo, el TS, que desestima su recurso, no lo cree.

Para el Supremo, el tribunal andaluz, que dio en su día la razón a la Abogacía del Estado, anuló correctamente el Plan Especial que afectaba a la zona, "pues ni las normas del PGOU ni la normativa urbanística autonómica permiten que esos planes especiales alteren los planes generales". Y es que el Plan anulado había incluido un área de 10.000 metros cuadrados más que lo que establece el PGOU.

Sobre este punto, el fallo recuerda que no se puede "alterar el ámbito de actuación previsto en el PGOU, que es lo que aquí ha sucedido con la ampliación de la superficie".

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