Granada

La Cámara de Cuentas detecta incidencias en la gestión del IBI de Granada

  • Refleja, por contra, que el consistorio granadino es uno de los tres andaluces que "registra adecuadamente los ingresos por IBI"

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha detectado incidencias en la gestión del Impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI) en los ayuntamientos de las capitales andaluzas, entre otros el de Granada. En su informe titulado Fiscalización del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en los municipios capitales de provincia. Ejercicio 2011, el ente fiscalizador indica que algunos ayuntamientos en sus aplicativos de gestión "clasifican los supuestos de no sujeción y las exenciones sin sujetarse a lo establecido en la Ley, lo que ha conllevado que, a raíz de la información pedida para esta auditoría, las entidades locales hayan tenido que actualizar los datos de sus registros".

El informe apunta que la información de los municipios de Almería, Granada, Huelva y Jaén "debe ser considerada con suma cautela, pues se han detectado bastantes supuestos de exenciones que no aparecen debidamente clasificadas", por lo que demanda que las entidades municipales "efectúen un esfuerzo para catalogar adecuadamente en sus sistemas informáticos de gestión los distintos supuestos de no sujeción, así como las exenciones del impuesto".

Tras recordar que determinados bienes inmuebles no están sujetos al IBI, el informe indica que en 2011 "los ayuntamientos fiscalizados siguen sin catalogarlos adecuadamente, y en sus registros informáticos, por regla general, no tienen bien identificados estos inmuebles". Agrega que, a su vez, en Huelva y Jaén, y en determinados casos en Sevilla, "los inmuebles del ayuntamiento se incluyen en las listas cobratorias y con posterioridad, les dan de baja por confusión, al coincidir los sujetos de la relación jurídica tributaria". Esta forma de actuar "incide negativamente en la gestión del impuesto, pues se incluyen como documentos de cobro una serie de recibos que, con posterioridad, necesariamente, se deberán dar de baja".

En cuanto a la gestión y recaudación de los tributos en los ayuntamientos, el informe recomienda a las entidades fiscalizadas que periódicamente y, sobre todo, al final del ejercicio económico concilien la información de los registros de las aplicaciones de gestión y recaudación con los obrantes en los programas informáticos de contabilidad.

Considera que "solamente los ayuntamientos de Córdoba, Granada y Málaga registran adecuadamente los ingresos por IBI, mientras que los demás no respetan la clasificación por conceptos anteriormente reseñada". Y apunta que "con carácter general, no se produce una adecuada coordinación entre las unidades de gestión, recaudación y contabilidad, de forma que las causas de baja de que disponen los aplicativos de gestión y recaudación -duplicidad de recibos, cambios de titularidad, errores en la base imponible o errores en la cuota tributaria- no están debidamente relacionadas con los supuestos de anulaciones y cancelaciones previstos en la normativa contable".

Por lo que se refiere a los derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados, Granada (9%), Cádiz (10%) y Huelva y Jaén (14%) presentan grados de recaudación "bastante bajos".

Por último, se ha determinado el porcentaje que representan las deudas de las entidades públicas por IBI (Estado, administración autonómica, entidades locales, universidades) sobre los derechos pendientes de cobro por este concepto, a 31 de diciembre de 2011. En los municipios de Cádiz y Málaga las deudas de estas entidades suponen más del 50 por ciento de los derechos pendientes de cobro. Por el contrario, en Jaén, Almería y Granada no llegan al 15 por ciento.

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