Granada

'Okupar' plazas de garaje puede ser delito

  • Un juez impone 400 euros de multa a un vecino de la capital que solía dejar dos coches en aparcamientos ajenos de su edificio El fallo advierte de las consecuencias de reincidir

A un conductor que no se lo piensa dos veces antes de aparcar en una plaza de garaje ajena puede salirle muy cara su osadía. Aunque los desencuentros, rifirrafes o molestias que provocan este tipo de atrevimientos suelen quedar en nada con un simple "perdón, no volverá a ocurrir", hay casos que acaban en los juzgados, como el protagonizado por un vecino de la capital, M.A.M., que ha sido condenado a pagar 400 euros de multa por dejar dos vehículos de su propiedad en plazas que no son suyas, sin haberlas alquilado ni contar con la autorización de sus propietarios.

Granada Hoy ha tenido acceso a la sentencia dictada en este caso, que fue juzgado en noviembre y que concluyó con un fallo condenatorio por una falta de coacciones. En la resolución, el órgano en el que recayó la denuncia de la empresa propietaria de una de las dos plazas que estaban siendo 'okupadas', el Juzgado de Instrucción número 6, lanza una advertencia a tener muy en cuenta: que comportamientos como el del denunciado, de repetirse, "podrían enjuiciarse como delito".

En su sentencia, que según las fuentes consultadas fue recurrida ante la Audiencia de Granada, el juez titular del referido órgano, Miguel Ángel del Arco, considera probado que las plazas que el denunciado estaba ocupando con dos vehículos no son suyas, sino que pertenecen una, a otra persona, y la otra, a la empresa denunciante.

Ambas plazas, en las que el denunciado había aparcado sus coches -uno de alta gama desprovisto de matrícula y otro más corriente- se encuentran en los sótanos de un edificio de la Avenida de la Constitución.

El juicio se celebró el 13 de noviembre en los juzgados de la Caleta y el juez tuvo en cuenta, además de la versión de la empresa denunciante, las alegaciones de la defensa de M.A.M., una amplia prueba documental "y condenas penales anteriores por similares hechos".

La resolución especifica que el denunciado no acudió a la vista oral, pero que mandó a otra persona para pedir la suspensión con un "informe volante médico que refería un malestar general".

"La falta penal de coacciones se produce porque el denunciado ha ocupado plazas de garaje que no son de su propiedad", subraya la sentencia, al tiempo que destaca que "la conducta enjuiciada es una reiteración de diversas conductas ya condenadas y producto de la mala fe negocial".

El juez alerta de que estos comportamientos podrían acabar siendo juzgados como delito si se vuelven a repetir, sobre todo, si el denunciado "desoye y se burla de un fallo judicial" que le "advertía y ordenaba" que se abstuviese en lo sucesivo "de actos de perturbación o despojo".

No ha trascendido si el denunciado ha recurrido la sentencia, pero, salvo que acabe siendo revocada, habrá de abonar una multa de 20 días a 20 euros diarios. Se desconoce cuál es el precio del alquiler de las cocheras que ocupó indebidamente, pero en caso de no superar los 50 euros mensuales cada una, con la cantidad que ahora tendrá que pagar hubiera podido afrontar cuatro meses de alquiler.

El magistrado añade además que en caso de permanecer la ocupación "ilegal" de las dos plazas por parte de M.A.M. -a quien además condena en costas-, "se requerirá a la retirada o se procederá judicialmente".

Se da la circunstancia de que el denunciado es propietario de tres aparcamientos contiguos a los dos que estaba ocupando.

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