Granada

El juez Del Arco cierra el caso Alhambra con 77 imputados y apreciando cinco posibles delitos

  • El auto con el que concluye la investigación, de 236 páginas, fue notificado ayer a las partes El instructor cree que algunas agencias de viajes vendieron y facturaron entradas "sin haberlas comprado"

60.000 folios, más de 8 años de instrucción, dos empresas y 77 personas imputadas y al menos cinco delitos distintos. Estas cifras resumen una de las causas más largas y complejas -si no la más larga- que ha habido en la historia reciente de los tribunales de Granada: el denominado 'caso Alhambra', consistente en la investigación de un presunto fraude en el control de accesos y venta de entradas al recinto monumental de la Alhambra y el Generalife.

Ayer fue un día 'clave' para este proceso, en el que todavía hay que quemar otra etapa antes de que llegue a juicio. Ayer, dos días después de lo previsto, se notificaba a las partes y se hacía público el auto que transforma las diligencias previas del caso (recogidas en decenas de tomos que ocupan varias estanterías del juzgado) en procedimiento abreviado. Esto significa que la investigación de la causa, incoada en agosto de 2005, llega a su fin y pasa a la fase de preparación del juicio oral, en la que las partes califican los hechos.

De indagar en las supuestas irregularidades que detectó en su día la Policía Autonómica y que conllevó la detención de varias personas, entre trabajadores del monumento nazarí, agentes de viajes y guías, se ha encargado el Juzgado de Instrucción número 6 de la capital, que dirige el magistrado Miguel Ángel del Arco.

En el referido auto, de una extensión inusual -236 páginas-, el instructor del caso establece que las diligencias practicadas para determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos que dieron lugar a la investigación del caso Alhambra evidencian que existen "motivos suficientes" para atribuir la perpetración de los delitos inicialmente contemplado a los imputados y personas jurídicas investigados.

Los posibles ilícitos penales que, en principio, aprecia el instructor son los mismos que perfiló en su día el Ministerio Fiscal: uno o varios delitos de malversación de caudales públicos, o subsidiaria y alternativamente, uno o varios delitos de apropiación indebida; uno o varios delitos de falsedad en documento mercantil; uno a varios delitos de coacciones; un delito de sustracción de cosa propia a su utilidad cultural; y un delito de daños al Patrimonio Histórico Español.

Entre los 77 imputados hay 32 controladores del monumento; cinco trabajadores del BBVA; cinco guías; 17 expendedores del recinto; seis oficiales (dos de primera y el resto de segunda); un informático y un empleado del Patronato; dos responsables de la agencia Washington Irving S.L.; tres responsables y un guía de la agencia Daraxatour S.L.; y tres miembros de la Federación de Hostelería. A estos últimos, el juez les atribuye haber "incumplido" el convenio firmado con el Patronato, en virtud del que se cedía a la Federación la gestión diaria de 200 entradas, al haber "otorgado códigos a establecimientos no hoteleros".

Las dos empresas encausadas son las agencias de viajes Washington Irving S.L. y Daraxatour S.L., entre cuyos responsables está uno de los principales imputados Francisco C., el guía vinculado a Daraxatour. De la otra empresa, resaltan como encausados el hermano y la cuñada de éste , Pilar A., que se ofreció a colaborar con la investigación al destaparse la trama.

Las diligencias previas se iniciaron a raíz de un atestado de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía en Granada, en el que se indicaba que a través de la Dirección del Patronato de la Alhambra se había tenido conocimiento de "ciertas irregularidades" que se estaban produciendo en las visitas que los turistas giran al monumento. Esas prácticas sospechosas detectadas estaban organizadas y controladas, según concluyó la Policía, "por un determinado grupo de personas, integrado por guías turísticos que trabajan para algunas agencias de viajes, de una parte, y de otra por personal del mencionado Patronato de la Alhambra".

Las dos agencias de viajes encausadas eran, en las fechas del supuesto fraude, las que controlaban y canalizaban todas las visitas de grupos organizados para acceder a los Palacio Nazaríes. Unas veces, según se desprende de la resolución, "evitando" el sistema diseñado por el Patronato, y otras "utilizando la connivencia de oficiales de primera o segunda y porteros".

Las presuntas irregularidades consistían fundamentalmente, según reza el auto, en que esas personas, en unas ocasiones, "dejaban pasar al interior de los Palacios a dichos grupos sin ser portadores de la preceptiva entrada o pase", mientras que otras dejaban pasar a los grupos que acompañaban a los guías "con más personas de las autorizadas o bien manipulando los pases".

Para el juez, las conductas "irregulares" cometidas por unos y otros "han propiciado que se produzca fraude en los diferentes momentos en los que intervienen": desde la reserva o compra de la entrada, el control de accesos y la impresión de entradas, hasta la finalización de la visita. Los comportamientos de unos y otros, dieron lugar a que la ocupación del monumento "siempre iba en aumento, la recaudación del Patronato en descenso y los beneficios de las agencias de viajes encartadas también en aumento". En este punto, advierte el instructor de que, además, determinadas agencias habrían "vendido y facturado entradas sin haberlas comprado".

El magistrado cree que el importe de estos tickets vendidos fuera del control oficial, que habrían pagado los visitantes, se lo quedaron las empresas imputadas en detrimento del Patronato, aunque también se pregunta si ese beneficio pudo ser repartido con "otros".

Las conductas supuestamente irregulares se producían, según concluye, "a iniciativa del controlador, con la aquiescencia de los oficiales que lo presenciaban y ellos también lo practicaban, participando asimismo los guías turísticos que acompañaban a los grupos, y personas de agencias de viajes encargadas de facilitar las entradas a los grupos".

En cuanto al número de personas que habrían entrado al monumento al margen del procedimiento legalmente establecido, el juez Del Arco calcula que fueron en torno a 150.000 en 2003 y 2004, y de 50.000 en 2005. La resolución refleja que desde el año 2000 el número de visitantes a la Alhambra comenzó a descender de forma significativa. Ese descenso en 2004 y en comparación con el año 2000 fue de 253.997 visitantes menos, "hecho este posiblemente debido a las prácticas irregulares referidas anteriormente", comenta el juez. Prueba de las supuestas anomalías en el control de accesos y venta de billetes es, según destaca, que "aunque el número de visitantes iba a en aumento según los conteos, tal incremento no se correspondía con la venta de entradas y la recaudación por tal concepto".

A partir de la intervención policial y judicial, se produjo una inversión en la tendencia, en opinión del instructor "posiblemente como consecuencia directa de la misma". Y es que desde entonces "deja de producirse fraude en los accesos y los visitantes tienen que pasar todos por caja". Para sustentar esta conclusión, el magistrado revela que en 2005 hubo una recuperación de casi 25.000 visitantes y de 141.000 visitantes más en 2006.

El auto, que puede ser recurrido, da un plazo de diez días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral o pidan el archivo de las actuaciones. En el procedimiento hay dos partes acusadoras: la Fiscalía y el Patronato, mientras que el resto son defensas de los imputados, que siempre han defendido su inocencia.

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