Granada

La Junta inicia de oficio la declaración de zona de gran afluencia turística en Granada

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La Consejería de Turismo y Comercio ha iniciado los trámites para declarar de oficio Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) a efectos de horarios comerciales en las ciudades de Granada, Almería, Córdoba y Málaga, ya que, finalizado el plazo de solicitud el pasado 1 de octubre, ninguno de los ayuntamientos de estas capitales andaluzas las ha solicitado formalmente.

Fuentes de la Dirección General de Comercio de la Junta han indicado que, por su parte, en el caso de Sevilla, el Ayuntamiento hispalense sí ha realizado formalmente la petición para la delimitación de la ZGAT de 2015, mientras que para los municipios de Jerez de la Frontera (Cádiz) y Marbella (Málaga), que ya cuentan con Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios en vigor, "se está estudiando, por parte de los servicios jurídicos de la Consejería, si es necesario hacer nuevas declaraciones".

Las fuentes han recordado que estas declaraciones responden a los criterios impuestos por el Real Decreto-Ley de 2012 del Gobierno central -contra el que la Junta presentó un recurso de inconstitucionalidad-, "que obligó a declarar ZGAT en ciudades de más de 200.000 habitantes, con más de un millón de pernoctaciones al año, con espacios declarados Patrimonio de la Humanidad o con áreas portuarias de operación de cruceros turísticos".

En el caso andaluz, afectó a Granada, Córdoba, Málaga y Sevilla, así que, desde enero de 2013, cuentan con ZGAT a efectos de horarios, unas declaraciones cuya vigencia para el actual ejercicio 2014 terminará el próximo 31 de diciembre. Sin embargo, salvo en el caso de la capital hispalense, en el resto no han sido solicitadas por ninguno de los demás ayuntamientos, por lo que Junta ha iniciado los trámites de oficio.

Asimismo, recuerdan que el Real Decreto-Ley de 2014 del Gobierno central, también recurrido ante el Tribunal Constitucional, "modifica a la baja el umbral impuesto para la obligatoriedad de la declaración de ZGAT, tanto de las pernoctaciones como de los habitantes". La Ley de Comercio Interior de Andalucía establece un régimen de libertad horaria para los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados, las tiendas de conveniencia y los comercios instalados en puntos fronterizos o las zonas de tránsito de pasajeros de estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo. A través de esta figura recogida en la citada ley desde 1996, se permite la apertura al resto de formatos en los periodos autorizados.

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