Granada

El juez del caso Romanones defiende la legalidad de los 'pinchazos' telefónicos

  • El magistrado Moreno rechaza la nulidad de las escuchas y del registro solicitada por la defensa de los principales imputados Dice que la intromisión "está perfectamente justificada"

El juzgado de Instrucción número 4 de Granada, que investiga los presuntos abusos sexuales a menores por parte de curas de la diócesis granadina, ha desestimado la petición de nulidad de las escuchas telefónicas realizadas por la Policía al padre Román, principal imputado en la causa. Considera que la intromisión judicial en este caso está "perfectamente justificada y argumentada".

Así consta en dos autos a los que ha tenido acceso este diario, en los que el magistrado que investiga este supuesto caso de pederastia en la Iglesia, Antonio Moreno, rechaza los recursos presentados por la defensa del supuesto líder del grupo religioso, conocido como el clan de los Romanones. Los recursos estaban dirigidos contra la autorización de los 'pinchazos' telefónicos y del registro practicado en Pinos Genil, así como contra la medida de incomunicación de los cuatro principales imputados mientras estuvieron en los calabozos de la Jefatura de Policía.

El instructor defiende así la legalidad de las decisiones adoptadas en su día mientras las diligencias estaban bajo secreto de sumario, y explica que, debido a la "entidad" de los hechos denunciados, "se consideró judicialmente que era necesario pronunciarse sobre las diligencias de intervención telefónica", así como sobre la "entrada y registro" en la vivienda de la referida urbanización, donde se situaban algunos de los episodios denunciados.

Tanto las escuchas al padre Román como el registro del domicilio se acordaron en autos separados y, como subraya el instructor, se justificaron, "sin que hayan sido desvirtuadas sus motivaciones de hecho y jurídicas que determinaron su adopción" por las alegaciones "puramente subjetivas" realizadas por la parte recurrente.

El magistrado explica que el secreto de sumario que adoptó en su día está "íntimamente" ligado a las diligencias recurridas, porque los hechos objetos de investigación "tienen una gran trascendencia y gravedad en sí mismos, por aparecer además como implicados representantes de confesión religiosa, y dispondrían de efectivas posibilidades de entorpecer y obstaculizar las investigaciones". Además era necesario saber "si nos encontrábamos -añade- ante una trama organizada, que en sus actuaciones como detenidos actuaran también como tal".

El magistrado, que indica que en la misma línea se ha pronunciado el fiscal del caso, Francisco Hernández, rechaza que se haya vulnerado el secreto de las comunicaciones, y sostiene que "la intromisión judicial en el ámbito de los derechos de inviolabilidad de domicilio y comunicaciones está perfectamente justificada y argumentada en los autos recurridos". De este modo, considera "improcedente la declaración de nulidad" instada por la defensa del padre Román, "al no haber sido adoptadas ilegalmente y de forma unilateral y sin justificación alguna, ni haberse acordado por resolución judicial inmotivada".

Tampoco ha prosperado la petición de nulidad de la medida de incomunicación de los detenidos formulada por la defensa del padre Román, que representa también a los otros tres imputados que fueron arrestados: a los sacerdotes Francisco M. C. y Manuel M., y a Sergio Q., el profesor de Religión. El juez deja claro que era necesario que las declaraciones de los detenidos se practicaran "libres de cualquier interferencia entre ellos o ajena a ellos", así como "evitar confabulaciones que determinaran alteración del resultado de las pruebas".

El caso Romanones se inició con la denuncia de 'Daniel', que fue monaguillo en la parroquia del padre Román (San Juan María de Vianney, en el Zaidín) y que estuvo vinculado al grupo de religiosos desde los 7 hasta los 17 años. El chico habla de felaciones, intentos de penetración anal y de exhibición de películas 'porno'. La segunda supuesta víctima -otro monaguillo- narra por su parte supuestos tocamientos consistentes en masajes.

Dado el tiempo que han tardado las denuncias, al levantar el secreto de sumario el juez pidió a las partes que se pronunciaran sobre una posible prescripción. A juicio del fiscal, solo los abusos más graves imputados al padre Román no estarían prescritos.

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