Granada

"Te pido perdón. Me tienes loco"

  • Un repartidor de bebidas ha sido multado con 500 euros por proferir expresiones inapropiadas a la empleada de un establecimiento, a la que llegó a tocar el pecho tras decirle "qué apretada estás"

Una expresión es procaz cuando hace referencia a la sexualidad de una manera grosera e indecorosa. Y procaz fue, a juicio de un juez de la capital, alguna de las expresiones que profirió un repartidor de bebidas a la empleada de un establecimiento, que le denunció por tocarle el pecho tras decirle "qué apretada estás".

El incidente ocurrió a finales del año pasado y la empleada, a la que llamaremos Lucía (nombre ficticio), acabó llevándole a los tribunales tras recriminarle tanto sus incómodas palabras como el episodio del pecho. El hombre le llegó a pedir unas disculpas, pero ella no las aceptó. "Te pido perdón. Me tienes loco", le confesó.

Este diario ha tenido acceso a la sentencia de este caso, dictada el 17 de marzo tras la celebración de un juicio de faltas en el Juzgado de Instrucción 6 de la capital. El fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Granada, recoge con detalle el capítulo del pecho, que fue la gota que probablemente colmó el vaso de la paciencia de Lucía.

Sucedió exactamente el día 3 de diciembre, cuando la empleada se encontraba en su puesto de trabajo, sito en un pueblo del Área Metropolitana. En tal situación, se personó por motivos comerciales el denunciado, que según la sentencia entabló este diálogo con ella:

-Siempre yo bajo un punto y tú no te bajas nada.

-Qué apretada estás (Al tiempo le toca el pecho).

La mujer acabó en urgencias y protagonizó una "situación de pánico y nerviosismo extremo al relatar los hechos", que se produjeron, según la resolución, "en contra" de su voluntad.

El juez ha considerado al denunciado autor de una falta de vejaciones injustas y le impone una multa de 25 euros al día durante 20 días (500 euros en total).

El magistrado otorga total credibilidad a la empleada. Señala que la declaración de la denunciante en el acto del juicio oral "nos produce plena convicción". Lucía ofreció un testimonio sin ambigüedades ni contradicciones. "Hay una verosimilitud del testimonio emitido que muestra una concordancia entre lo manifestado inicialmente al tiempo de formular denuncia y corroborado en el acto del juicio oral", agrega el magistrado.

Aunque la defensa del denunciado negó los hechos y alegó una mala situación económica de la empresa en la que trabajaba Lucía, ésta aportó una prueba más contra él: una fotocopia de un correo electrónico suyo, recibido en noviembre del año pasado.

El correo decía lo siguiente: "Te adjunto hoja de abono de 2 litros que van a retirar hoy y resumen de diferencias de que quedan pendientes de este mes, te la meteré en diciembre".

Esta expresión es, a juicio del magistrado, "indiciaria de una conducta, de un comportamiento despectivo respecto a una persona, en este caso una mujer". Porque, como recuerda, "los abonos contables, las diferencias, se ingresan, se transfieren al banco, destinatario normal comercial, pero está fuera de los términos mercantiles 'te la meteré', aunque sea en diciembre".

"No hay duda -añade la sentencia- de que la última expresión, 'te la meteré', tiene sentido procaz, y excede con mucho de lo que cabría permitir de una actitud con picardía, de un cumplido, de un piropo elegante; tal discurso se acerca más bien a la agresión, a la falta de respeto, al atropello, a la afrenta, a la cosificación de la mujer. Si además llega a tocarle el pecho, se puede hablar de acoso, sin duda".

La situación vivida por Lucía ha sido considerada, en términos legales, una vejación injusta, que "es una acción contra el honor del agraviado y que trae consigo un padecimiento en la dignidad de la persona, un daño e incluso un dolor". El magistrado recuerda que en este tipo de faltas "la realidad de lo acontecido habrá de sopesarse conforme a la conceptuación pública y social; en este caso siempre producirá rechazo e indignación".

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