Granada

El TS ratifica la condena de un hombre que incendió con gasolina la casa de su 'ex'

  • Confirma los 7 años de cárcel que se le impusieron por amenazas graves y delito de incendio

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 7 años de prisión que la Audiencia de Granada impuso a un hombre que, en mayo de 2014, tras amenazar a su 'ex', "roció con gasolina" el rellano de la casa donde ésta vivía en Padul, provocando una gran deflagración.

En un auto, dictado el pasado 7 de abril y al que ha tenido acceso este diario, el Alto Tribunal inadmite el recurso de casación que el condenado interpuso contra la resolución del tribunal granadino, que lo consideró autor de un delito de incendio y de otro continuado de amenazas graves. Por el primero le impuso un año y medio de prisión, mientras que por el segundo fijó la pena en 5 años y medio.

En su recurso, el acusado afirmaba que no existía prueba de que quemara objeto alguno. Además, sostenía que había quedado acreditado que "sufre una grave alteración mental" por sus antecedentes de adicción a sustancias tóxicas, así como un consumo compulsivo de alcohol. Por eso, entendía que se tenía que haber apreciado una "atenuante muy calificada".

Sin embargo, con respecto a la supuesta falta de pruebas para demostrar que fue el autor del fuego, el TS recuerda que la Audiencia basó su condena en una serie de indicios, cuya "valoración conjugada" conduce "con arreglo a la lógica, a estimar que el causante del fuego fue el recurrente".

Entre esos indicios, resalta que momentos antes del fuego el acusado fue visto por testigos con una botella de gasolina, "acelerante que se empleó en el origen del fuego". Además, el propio acusado "admitió que se encontraba en el lugar de los hechos".

En cuanto a sus supuestas adicciones, la resolución recuerda que los hechos declarados probados por la Audiencia "no contienen ninguna referencia a la acreditación de una disminución de las capacidades propias de imputabilidad del acusado", pues, aun dando por cierto el consumo de drogas y alcohol, "no existía prueba alguna de que tuviese sus facultades mermadas en mayor o menor grado".

Los hechos se remontan a 2014, cuando la víctima, tras pasar una temporada en el extranjero, regresó a Granada. La relación sentimental que había mantenido con el acusado había acabado en julio de 2013. Al volver, ella y su hermana empezaron a recibir mensajes en los que le advertía que iba a ir a por ella y que "la iba a matar, que la iba a rajar", entre otras amenazas.

La Audiencia fijó la indemnización en 3.007 euros y prohibió al acusado acercarse a menos de 500 metros de su ex durante cinco años.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios