Granada

Los ocho acusados, absueltos

  • La Audiencia asume que el estadio no pasó a manos privadas de la forma más adecuada, pero no aprecia que hubiera perjudicados ni que los imputados falsearan un documento con ánimo de estafar

Once años de instrucción, decenas de recursos resueltos o rechazados por el camino, más de una treintena de testigos citados, once días de juicio y al final, todos los acusados absueltos. El caso Los Cármenes, donde se ha juzgado a tres ex directivos del Granada Club de Fútbol y a cinco empresarios del sector inmobiliario, tiene ya sentencia. Fue emitida ayer por la sección primera de la Audiencia Provincial y concluye que no se produjo ningún delito. Todos quedan en libertad.

Ni hubo maquinación para alterar el precio de las cosas, ni delito societario, ni estafa, ni falsedad de documento mercantil. El fallo sí reconoce que hubo cosas que no se hicieron nada bien, pero como no ve que nadie saliera perjudicado, procede a absolver a quienes se han sentado en el banquillo: los ex presidentes del club Cándido Gómez y Luis Rivas, el secretario de la entidad en la época de la venta, Antonio Lasso, y los empresarios José Julián Romero, Francisco Salas, Francisco Millán, Isidro Monleón y Manuel José Rodríguez-Acosta. También ratifica la absolución del notario José Ignacio Braquehais, quien sólo asistió a la primera jornada del juicio porque se retiraron los cargos de delito contra la hacienda pública y prevaricación que pesaban sobre él.

En síntesis, la sentencia valora que, si bien los directivos no obedecieron el mandato que le hicieron los socios en la asamblea del 29 de agosto de 1995 -vender el campo al Ayuntamiento- y optaron por Lazasur, sociedad integrada por los empresarios citados, no se observa que hubiera perjudicados en esa operación. Nadie resultó estafado. No lo fueron los socios, que "coincidían en que, dada la cuantía de las deudas, no había otra solución que vender", ni tampoco los acreedores del club, a quienes Lazasur abonó sus deudas. En cuanto al club, entiende que, al desistir posteriormente de la demanda que presentó contra la compraventa, dio "plena validez" a ese procedimiento pese a esas irregularidades reseñadas.

Respecto al delito societario, lo desestima apelando, entre otras cosas, a que el Granada era un club deportivo, no una sociedad anónima que operara en el mercado con un ánimo de lucro. Y sobre si hubo maquinación para alterar el precio de las cosas, lo que se traduciría por una subasta pública del campo a la medida de quienes lo adquirieron, la desestima arguyendo que las normas de esa subasta no precisaban que, para que Lazasur obtuviera las escrituras, estuvieran pagadas todas las deudas del club.

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