Granada

El TSJA rechaza por primera vez la escolarización de un alumno para respetar la ratio

  • El sindicato CCOO dice que más del 70% de los centros del Área Metropolitana y de la Costa incumplen la normativa

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado, por primera vez, la escolarización de una alumno en un centro concertado andaluz donde no consiguió plaza al superar la ratio legalmente establecida.

La sala tercera del TSJA estima que su derecho a elegir centro se topa con la ilegalidad de superar el número máximo de estudiantes por aula, que está fijado por ley en 25 para Infantil y Primaria y 30 para Secundaria y Bachillerato. Algo que incumplen en Granada más del 70% de los centros escolares del Área Metropolitana y de la Costa, según el sindicato Comisiones Obreras.

Para el secretario general de Enseñanza de CCOO de Granada, Diego Molina, "el auto dictado por el TSJA sienta un antes y un después en lo que respecta a la matriculación del alumnado", ya que superar, en cualquier caso, el número máximo de alumnos por clase es ilegal y repercute en la calidad educativa".

Aunque la Consejería de Educación fijó como norma que la ratio de un alumno por clase pueda superarse, en casos de necesidad, hasta un 10%, este sindicato de enseñanza considera que el Gobierno andaluz debería tener en cuenta la consiguiente obligatoriedad de respetar el número de estudiantes máximo por aula, que es el principio básico sobre el que se sustenta este auto dictado contra el ingreso de un alumno ceutí.

Hay zonas en la provincia de Granada que presentan un claro problema de saturación en sus aulas. Es el caso del Cinturón metropolitano, más concretamente las áreas de Maracena, Albolote y Cenes de la Vega; y el de la Costa, principalmente Motril, Salobreña y Almuñécar.

"Hemos pedido un plan de choque a la Delegación de Educación -dice Molina- porque en ningún centro debería superarse la ratio establecida". Para el portavoz de CCOO, en todos estos colegios e institutos se está inclumpliendo la legalidad vigente y redunda en la calidad de la enseñanza.

Lo que argumenta el Alto Tribunal precisamente en este auto es que con más niños en un mismo aula se rebaja la calidad de la educación. Y lo que para la familia del alumno en cuestión es un beneficio, para el resto es un perjuicio.

"El derecho a elegir un centro no justifica la prevalencia del interés privado frente al público de mantener una ratio que contribuya a una enseñanza de calidad", se recoge del auto citado.

Sin embargo, el texto legal no obliga a su cumplimiento en todos los casos "pero debe ser tenida en cuanta por Educación", matizan en CCOO.

Un caso contrario al que ocurre en el Área Metropolitana de Granada y en su Costa es el que se vive en muchas zonas rurales, donde la falta de alumnado está obligando a la Delegación a plantear el cierre de los centros.

Para el responsable de Enseñanza de CCOO, este supuesto habría que estudiarlo con detenimiento, pues "la crisis económica está reactivando la población en las zonas rurales de Granada".

La falta de empleo en la capital está obligando a mucha gente joven a desplazarse de nuevo al campo, lo que provocará, según Molina, que muchos colegios rurales vuelvan a registrar una demanda de plazas.

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