Granada

Un juez avala la custodia de las sedes municipales por vigilantes privados

  • Un fallo desestima un recurso interpuesto por CCOO contra la medida puesta en marcha por el Ayuntamiento para reorganizar la Policía Local y ahorrar en el pago de horas extras a los agentes

El Ayuntamiento de Granada decidió, hace un año y medio, que entre las medidas que tomaría para ahorrar costes de personal estaría reducir las horas extras de los agentes de la Policía Local, intentando racionalizar el servicio. En ese marco de actuación, se tomó la decisión de que los policías que estaban encargados de la custodia de los edificios municipales, como la Casa Consistorial o Los Mondragones, dejasen de hacerlo para reforzar la plantilla en la calle. En su lugar, el Consistorio adjudicaría el servicio a una empresa de seguridad privada. Poco después, Comisiones Obreras recurrió la medida ante un juzgado de lo Contencioso Administrativo por considerar que con esa decisión, el Ayuntamiento eliminaba "una competencia del cuerpo de seguridad, según su legislación específica". Ese juzgado, ahora, ha rechazado el recurso de CCOO y ha dado la razón al Consistorio, avalando la decisión municipal.

En el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, se especifica que CCOO recurrió la decisión de adjudicar la seguridad de los edificios municipales a una empresa privada porque esa resolución "era lesiva para los intereses profesionales de los policías locales afiliados" al sindicato y porque "elimina una competencia de dicho cuerpo de seguridad, según su legislación específica". Por su parte, tanto el Ayuntamiento como la adjudicataria del servicio, la empresa Casesa, acudieron al juzgado alegando que el recurso de CCOO no debía ser admitido a trámite por la "falta de legitimación de la entidad sindical" y por "el ajuste a la legalidad de la resolución recurrida". Así, tanto el Consistorio como la adjudicataria entendían que "la vigilancia de edificios y dependencias no le está atribuida de forma exclusiva y excluyente, y no es preciso que sea prestada por agentes de la autoridad". Asimismo, justifica la decisión en la optimización de los recursos personales y materiales del Consistorio.

El juez, que considera que las alegaciones formuladas por CCOO son, como mínimo, "escuetas", analiza las cuestiones de inadmisibilidad del recurso sindical. Y, en esa línea, respecto al fundamento segundo del recurso, el de "eliminar las competencias previstas para ese cuerpo policial", el magistrado entiende que para esa "defensa genérica de la legalidad, el sindicato carece de legitimación, al no reconocerse en el ordenamiento procesal contencioso administrativo la acción pública en defensa de la legalidad si no es con anclaje en una norma legal", que, en opinión del juez, es "inexistente en el ámbito que nos ocupa".

Y, en cuanto al primer motivo del recurso, el de "modificar las condiciones de policías locales afiliados", el juez tampoco lo admite porque entiende, precisamente, que los agentes afiliados a CCOO no son más que cuatro en toda la plantilla de la Policía Local de Granada y que, en base a la ley, el sindicato únicamente podría "combatir las resoluciones de los órganos de selección de personal en procesos de selección". Por todo ello, el juez no admite el recurso de CCOO y refrenda el proceso de adjudicación a una empresa privada para custodia de sedes municipales.

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