Sociedad

El CGPJ pide eliminar la atenuante de confesión en los crímenes machistas

  • En 16 de las 50 sentencias dictadas en ese año se apreciaron circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal y es la confesión la que más aparece.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) insta a abordar el estudio de la supresión o la reconsideración de la circunstancia de la atenuante de confesión en los crímenes de violencia de género y violencia doméstica. Así lo recomienda el Grupo de Expertos y Expertas en Violencia de Género y Doméstica del CGPJ en el estudio en el que analiza las sentencias dictadas en 2011 por tribunales del jurado y audiencias provinciales sobre asesinatos y homicidios relativos a estos tipos de violencia.

En 16 de las 50 sentencias dictadas en ese año (44 por violencia machista y 6 por doméstica) se apreciaron circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal y es la confesión la que más aparece: en nueve ocasiones en las primeras, en las que el acusado siempre es un hombre, y en una en las segundas, en las que todas las acusadas fueron mujeres. El informe, del que el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ha dado cuenta esta semana a la Comisión Permanente del CGPJ, recuerda que la atenuante de confesión se creó para otorgar un tratamiento más favorable al que facilite la investigación del delito y que se aplica en todos los casos en los que el autor reconoce su culpabilidad, simplificando la instrucción.

Sin embargo, los expertos proponen que cuando la ejecución del hecho o las circunstancias que lo rodean permitan sin dificultad atribuir la autoría del crimen a una persona, se estudie la supresión o la reconsideración de este circunstancia en los crímenes machistas y en los de violencia doméstica. El estudio refleja que de las 44 sentencias de violencia machista, 41 fueron condenatorias (el 93 por ciento) y, de éstas, 30 lo fueron por asesinato (73 por ciento), 9 por homicidio (22 por ciento) y dos por homicidio imprudente (5 por ciento).

En cuanto a las edades de los agresores, -dato que figura en 38 de las 44 resoluciones-, el informe revela que la franja que registró un mayor número de casos (17) es la que va de los 45 a los 65 años, seguida por la de 31 a 45 (13 casos), la de 18 a 30 (6 casos) y la de más de 66 (2 casos). Asimismo, los expertos observan una importante disminución del porcentaje de autores jóvenes de entre 18 y 30 años respecto a 2010, al pasar del 28,9 por ciento al 15,8 por ciento, lo que para el CGPJ podría indicar que las medidas para educar en igualdad tienen "un efecto positivo".

Esta conclusión se repite en cuanto a la edad de las víctimas, al predominar también la etapa entre los 45 y 65 años (el 36,8 por ciento), cuando en el informe referido a 2010 el abanico que reunía un mayor número de casos fue el de entre 18 y 30 años (38,9 por ciento). También en comparación con 2010, el informe indica que en 2011 ha disminuido el porcentaje de crímenes en los que se mantenía la relación de afectividad o convivencia, ya que en el primero se daba en un 72 por ciento y en el segundo el 45 por ciento.

Respecto a las penas de prisión, la media para las sentencias de asesinato fue de 18 años y 3 meses, mientras que en los de homicidio fue de 12 años. Aunque en el 41 por ciento de las sentencias se constata la existencia de agresiones previas, solo en el 23 % de los casos había habido denuncias, lo que para los expertos evidencia la necesidad de continuar sensibilizando sobre la necesidad de denunciar el maltrato.

Más del 70 por ciento de los casos la muerte de la víctima se produjo sin testigos y en uno de cada dos crímenes el escenario fue el domicilio. El arma blanca fue el elemento más utilizado. El informe analiza por separado también las seis sentencias por violencia doméstica, en las que las acusadas fueron todas mujeres, de ellas 5 fueron condenatorias (el 83 por ciento): 3 por asesinato y 2 por homicidio. Como en los crímenes por violencia de género, la franja de edad predominante fue de 45 a los 65 años (en el 50 por ciento de los casos). Las sentencias no reflejan la existencia de denuncias previas en ninguno de los casos.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios