Granada

La Audiencia ordena a Juana Rivas que devuelva sus hijos a su exmarido

  • Desestima el recurso de la mujer, maltratada por su pareja, y ordena la restitución de los menores

La mujer ha anunciado su pretensión de recurrir la sentencia.

La mujer ha anunciado su pretensión de recurrir la sentencia. / archivo

La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Juana Rivas, la mujer de Maracena a la que el Juzgado ha ordenado la "inmediata restitución" de sus dos hijos de once y tres años a Italia con su padre, condenado en 2009 por maltratarla.

Esta sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce después de que ya la Fiscalía y la Abogacía del Estado se opusieran al recurso presentado por Rivas contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada que ordenó que los menores fueran devueltos al domicilio del padre en Calafonte (Italia) y condenó a la mujer a pagar las costas. La causa se inició mediante una demanda de la Abogacía del Estado sobre devolución de menores transmitida por la Autoridad Central de Italia respecto a los niños, al entender que habían sido "sustraídos" por la madre.

La Audiencia comparte esta teoría en su sentencia, afirmando que Juana Rivas "aprovechando un permiso en España dejó de trasladar a los hijos donde tenían su residencia, donde vive el padre y están escolarizados, y tomándose la justicia por su mano como vulgarmente se dice, los trajo a España". La Sala argumenta que "no cabe tomarse la justicia por propia mano, salvo en los excepcionales supuestos en que la ley lo autoriza" y los menores, "hijos de la apelante, y no lo olvidemos también de su padre -según se remarca-, residen en Italia, desde el año 2013, el menor desde su nacimiento, y están sujetos a las normas de aquel país".

Juana Rivas ha anunciado su pretensión de recurrir la sentencia.

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