Granada

Convicto y enriquecido por la misma justicia

  • El Nevada le ha supuesto al promotor una condena de 15 meses por delito urbanístico y una histórica indemnización

La justicia tiene sus porqués, pero desde la perspectiva de la ciudadanía es complicado entender cómo su funcionamiento permite que un mismo empresario, por promover y construir un mismo edificio, pueda ser condenado a prisión por delito urbanístico y, al poco tiempo, reciba una resolución judicial que le da derecho a cobrar de las arcas públicas una indemnización millonaria que puede hacer historia.

Son dos resultados casi contradictorios de dos caminos judiciales en jurisdicciones diferentes, la penal y la del contencioso. La Junta de Andalucía se ha empeñado durante los últimos años en tratar de globalizarlo todo y que los jueces que tenían que valorar esa posible indemnización tuvieran en cuenta también la condena a prisión de Tomás Olivo confirmada en 2011 por la Audiencia Provincial de Granada.

Pero el pleito que hará mucho más rico a este empresario (conocido por su múltiples centros comerciales repartidos por toda España) al final se ha ceñido a cuestiones muy formales. La sentencia del TSJA de 2014 que confirmó la licencia de obras del Nevada y que, en definitiva, es la base para que Olivo tenga derecho indemnizatorio ahora, no dilucidó en realidad si el Ayuntamiento de Armilla hizo bien o no en dar aquella autorización, ni si cumplía con la legalidad o no. El Tribunal desestimó el recurso de la Junta porque ésta no había impugnado aquel acto en el plazo que, como organismo que tiene las máximas competencias de control urbanístico, tenía para haber derogado la licencia sin necesidad siquiera de acudir a los tribunales. Los magistrados castigaron la "pasividad" de la maquinaria burocrática en la Administración autonómica.

"Sin explicar las causas de su pasividad, la Junta de Andalucía dejó precluir los plazos oportunos para la impugnación, lo que hubiera evitado todo posible perjuicio para el interés público", exponía aquella sentencia de 28 de abril de 2014 y que es la piedra sobre la que se sustentan los 165 millones de euros de dinero público que tendrán que ir ahora al bolsillo del promotor del centro comercial Nevada.

Con independencia de las posibles irregularidades urbanísticas que pudiera contener la autorización municipal para construir que Armilla concedió (y que sí quedaron acreditadas en el proceso penal), el TSJA tuvo que confirmar la vigencia de esa licencia de obras al no haber sido impugnada por la Junta de Andalucía por los cauces y en los plazos que establecen las leyes, según exponía aquella sentencia clave en este asunto.

En una nota informativa enviada ayer mismo, la Delegación Provincial de la Junta en Granada defiende que el proceso penal que finalizó con las sentencias del Juzgado de lo Penal y de la Audiencia Provincial hizo imposible la apertura del centro comercial durante aquellos años, lo que no es imputable a la Administración autonómica. Sin embargo, en este pleito de reclamación económica no se ha tenido en cuenta ese factor. Por otra parte, sus servicios jurídicos también consideran que no está acreditado el lucro cesante (ya que el fallo del TSJA ni siquiera indica el periodo exacto en que se produce), y hay deficiencias en el tipo de procedimiento empleado por el promotor, entre otras cuestiones que la Junta pretende ahora hacer valer ante el Tribunal Constitucional.

La delegada del Gobierno en Granada, Sandra García, declaró ayer que "la Junta ha actuado siempre en defensa de la legalidad y acorde con sus competencias y confiamos que finalmente la Justicia estime nuestras pretensiones, que no son otras que velar por el interés general".

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