Granada

La Junta recurrirá el auto del Nevada: "No se indemniza a quien comete un delito"

  • El Gobierno andaluz defiende que tramitó las obras del centro en base a la legalidad "avalado por informes técnicos y jurídicos"

Tras conocerse el pasado viernes el auto que condena a la Junta a indemnizar con 157 millones de euros al promotor Tomás Olivo por la paralización del Centro Comercial Nevada, el Gobierno andaluz ha dejado pasar el fin de semana para anunciar su posición. La institución autonómica aseguró ayer que recurrirá esta decisión judicial alegando que siempre ha actuado "en defensa de la legalidad y avalada por informes técnicos y jurídicos, como lo demuestran otras sentencias anteriores". De esta manera, la resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Granada no satisface a ninguna de las dos partes, ya que el propio Olivo aseguró no sentirse "satisfecho" por quedar la compensación de 157 millones "muy por debajo" de la reclamación de 227 millones que solicitaba la sociedad General de Galerías Comerciales.

El promotor añadía que los diez años de obra parada en el Nevada y los veintidós años de tramitación le habían supuesto a su entidad una pérdida de 500 millones de euros, además de los "perjuicios ocasionados" a Galerías Comerciales y a su persona. Asimismo, Olivo criticaba que los 1.000 metros cuadrados que se vio obligados a demoler de acuerdo con diferentes sentencias y el Tribunal Supremo, hoy podrían ser construidos en base a este nuevo auto. No obstante, el Gobierno andaluz consideró ayer que el promotor "no tiene derecho a que la Junta le indemnice por una medida cautelar ordenada por distintos órganos judiciales y que terminó con sentencia penal firme al empresario y demolición parcial del centro comercial".

Para la Junta, "los daños no están acreditados, se hace una valoración sobre hipótesis, según palabras del propio auto". Además, el Ejecutivo autonómico argumenta también que el propio informe del promotor señala que "no se ha realizado ninguna verificación sobre la autenticidad de los documentos". Por tanto, el Gobierno andaluz subrayó que no hay una "conexión probada" de los daños y la medida cautelar que ordenó el Juzgado, por lo que en su opinión se trata de daños "no acreditados".

"El auto, sorprendentemente, no tiene en cuenta que, en paralelo al procedimiento contencioso, también hubo un procedimiento penal (donde la Junta no formaba parte) con una sentencia firme del 28 de julio de 2011 que también derivó en una paralización de las obras y en condena penal al promotor", detalló la Junta, que además en su comunicado recordó que el Juzgado Contencioso Administrativo número 1, el mismo que ahora condena, decretó, al igual que el Ayuntamiento de Armilla, la paralización de las obras, y entiende que "no se puede indemnizar por daños y perjuicios a quien ha cometido un delito".

En este punto, el Gobierno andaluz quiso aclarar que sí presentaron tanto escrito de oposición motivado, que fue registrado el 15 de septiembre de 2015 a la petición de indemnización, como informe pericial (14 de octubre de 2015). Y añadió, en su comunicado, que asegura que la no comparecencia a la vista del día 6 de junio, "por error del servicio jurídico", no resta validez a la oposición de la Junta, "expuesta de forma concreta y motivada en el escrito de oposición (15 de septiembre de 2015)".

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