Granada

Olivo se ofrece a pagar el informe clave del caso Nevada por retraso de la Junta

  • El promotor cuestiona además los cambios entre los peritos autores del documento

El promotor del Parque Comercial Nevada, Tomás Olivo, ha registrado un escrito en el juzgado que investiga las presuntas irregularidades en la tramitación y ejecución del macrocentro comercial de Armilla, en el que se ofrece a pagar el informe pericial que encargó el juez para establecer los presuntos excesos urbanísticos del edificio situado junto a la Ronda Sur.

Según informaron fuentes del caso, la inusual propuesta, cuya validez se presenta más que cuestionable, responde, no obstante, a la lógica procesal que Tomás Olivo ha reflejado durante la instrucción del caso, esto es, llevar el caso a juicio a la mayor brevedad posible, toda vez que los perjuicios ocasionados al promotor pueden devenir en caso de sentencia absolutoria en una indemnización millonaria.

También refleja la lentitud -o escasez de fondos- de la Consejería de Justicia a la hora de abonar los informes periciales requeridos por los jueces de instrucción para desentrañar casos de especial complejidad, como en este caso el urbanismo.

Con todo, los abogados de Olivo ponen en cuestión el proceso de nombramiento de los peritos judiciales designados por el juez instructor del caso, Miguel Ángel del Arco. Según las fuentes, durante la elaboración del informe se habrían producido cambios entre los firmantes del documento, lo que en la fase de juicio oral podría ser causa de nulidad de la prueba.

Hace meses, los representantes legales del promotor exigieron al juez celebridad en cerrar la instrucción del caso. Del Arco respondió que todo estaba hecho salvo la mencionada pericial.

El informe debe establecer, entre otros factores, los eventuales excesos de volumen, edificabilidad, invasión de zonas verdes y viales públicos del centro comercial. Hasta ahora, la única pericial que existe en la causa fue encargada por el ex alcalde de Armilla, José Antonio Morales, imputado en el caso, en la que se reconoce la necesidad de demoler tres puntos del edificios para legalizarlo.

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