Granada

El TSJA tendrá que analizar la Ordenanza de la Convivencia

  • IU ha presentado otro recurso en el alto tribunal denunciando la vulneración de derechos fundamentales y en el que pide la suspensión cautelar de la norma

La Ordenanza de la Convivencia que ha puesto en vigor el Ayuntamiento de Granada recientemente será analizada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tras un recurso presentado ayer por Izquierda Unida, al considerar que crea indefensión en la ciudadanía y atenta contra derechos fundamentales.

La ordenanza, que entró en vigor el pasado noviembre, incluye más de 250 prohibiciones, deberes y obligaciones, sanciona el ejercicio de la prostitución en la vía pública con hasta 3.000 euros y regula actividades como la de artistas callejeros o el comercio ambulante.

IU de Granada y su grupo municipal han presentado una reclamación conjunta en la que solicitan además que el alto tribunal andaluz suspenda cautelarmente la aplicación de esta norma -o los artículos más polémicos- hasta que se analice el fondo de la cuestión.

Desde la entrada en vigor de la ordenanza, el Ayuntamiento ha abierto 92 expedientes sancionadores, de los que 43 han estado relacionados con el ejercicio de la prostitución en la vía pública (de ellos, 32 han ido dirigidos contra prostitutas y 11 contra clientes), según los datos aportados ayer por IU, cuyo portavoz, el concejal Francisco Puentedura, recordó que esta actividad, junto con la mendicidad (que también es sancionada) no son ilegales.

IU considera la ordenanza "una herramienta meramente recaudatoria" y critica que multe al "eslabón más débil de la cadena".

Según ha explicado a los periodistas la coordinadora local de IU de Granada, Maite Molina, el recurso va dirigido, entre otras cuestiones, contra los denominados "conceptos jurídicos indeterminados": la ordenanza utiliza una técnica jurídica basada en incluir conceptos sancionables que son "muy amplios, abiertos y por lo tanto ambiguos", en palabras de una de las firmantes del recurso.

Eso hace que la Policía Local "se vea obligada a interpretar jurídicamente qué se considera delito y qué no", lo que según Molina causa "indefensión" a la ciudadanía.

Las funciones que la nueva ordenanza otorgan a los agentes municipales están por encima de las que han de desempeñar por ley, según IU. En concreto, se refiere a su capacidad sancionadora, que es superior a la de denuncia, ejercida hasta ahora.

Esos conceptos jurídicos indeterminados que a juicio de IU incluye la ordenanza son los que aluden a la convivencia pacífica, el que plantea sancionar las prácticas que limitan la compatibilidad de los diferentes usos de los espacios públicos y el que se refiere al uso "impropio" de los espacios públicos y sus elementos.

Se trata de conceptos demasiado ambiguos para ser aplicados claramente, según el concejal Puentedura.

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