Granada

El TSJA ve discriminación religiosa en el despido del profesor de Educación Física

  • El tribunal anula su cese y determina que La Inmaculada deberá readmitir a Josué González en su puesto de trabajo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nulo el despido de Josué González, un profesor de Educación Física de la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado La Inmaculada Concepción, porque considera que se produjo una discriminación religiosa ya que la motivación del despido fue que "no se ajustaba al perfil ideológico".

El fallo de la Sala de lo Social del TSJA con sede en Granada determina que la Escuela tendrá también que abonar los salarios dejados de percibir. De este modo, el Alto Tribunal andaluz revoca la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada, que, aunque lo declaró improcedente, no vio discriminación religiosa en el despido, lo que motivó el recurso del demandante, el profesor Josué González.

La Sala considera que existen señales o acciones que manifiestan de forma "inequívoca" que el despido del profesor se produjo de "manera discriminatoria por motivos ideológicos o religiosos". El fallo destaca que la Junta Directiva no recibió "ninguna queja" ni tenía "nada personal contra él", ya que incluso fue propuesto para completar su horario docente hasta alcanzar la jornada completa para 2007/2008.

Sin embargo, pese a que Josué González contaba con contrato temporal hasta el 30 de septiembre de 2007, en julio se le avisó de que no se le renovaría el contrato. Según le comunicó la administradora, Guadalupe Martínez, la decisión no fue tomada porque no reuniera el perfil profesional -de hecho, los miembros de la Junta Directiva estaban "muy contentos" con él y se ofrecieron incluso a darle una carta de recomendación- sino porque "no reunía el perfil que se estaba buscando".

La administradora le dijo que el perfil adecuado era "el de toda la vida" en la Escuela, el que dice el Reglamento, porque es una Escuela de la Iglesia Católica que forma maestros cristianos. Y ese perfil estaría basado "sobre dos pilares: el profesional y el de identidad religiosa".

La Escuela, además, decidió hacer fijo a otro profesor que "tenía menos jornada, carga docente y antigüedad que el demandante porque tenía la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI), había estado de voluntario en Bolivia, se había implicado más en el centro, tenía el módulo superior de Gestión Informática y había sido catequista". Todo ello le hacía "más idóneo" para el puesto, según la Escuela.

Pero no sólo no se hizo titular a Josué González sino que se contrató a otro trabajador para la misma área de Educación Física a tiempo parcial, lo que evidencia, según la resolución, que "desde el primer momento y hasta el último la decisión de no renovación del actor y en definitiva despedirle y que no volviera a trabajar en dicha Escuela tuvo como motivación no ajustarse al perfil ideológico fundamentalmente religioso de la Escuela demandante".

En el fallo, con fecha de 26 de marzo, se advierte a la parte condenada que deberá readmitir a la parte demandante en su puesto de trabajo, con abono de la misma retribución que venía percibiendo con anterioridad al despido, salvo que la Escuela prefiera realizar tal abono sin contraprestación alguna, según consta en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación.

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