Granada

Urbanismo ordena la demolición de un local ampliado ilegalmente en el Centro Comercial Neptuno

  • La vicepresidenta de la Gerencia de Urbanismo, Isabel Nieto, ha decretado la demolición de las obras de ampliación efectuadas en 2003 en el local número 59 del centro comercial Neptuno, dedicado a material automovilístico, por ocupación de la vía pública y aumento del volumen edificable.

La vicepresidenta de la Gerencia de Urbanismo, Isabel Nieto, ha decretado la demolición de las obras de ampliación efectuadas en 2003 en el local número 59 del centro comercial Neptuno, dedicado a material automovilístico, por ocupación de la vía pública y aumento del volumen edificable.

Las obras han sido adjudicadas a la empresa Ferconsa, adjudicataria del sistema de ejecución subsidiaria del Ayuntamiento de Granada, por un valor de 22.614 euros, ha informado la Gerencia en un comunicado.

El decreto, del que se ha dado cuenta hoy en la Comisión Ejecutiva, responde al procedimiento de ejecución subsidiaria iniciado el 29 de enero de este año por la Gerencia de Urbanismo después de que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada desestimase en 2006 el recurso de reposición interpuesto por el propietario del establecimiento contra la orden de demolición dictada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento el 29 de abril de 2004.

El local afectado, ahora en desuso, con una sola altura y planta rectangular, sirve de apoyo de una escalera metálica perteneciente a otro negocio del centro comercial que, sin embargo, no habrá que desmontar para proceder al derribo ya que será reforzada con unos pilares.

La orden de demolición se une a otros dos acuerdos aprobados en la Comisión Ejecutiva en los que se insta a los propietarios de cuatro edificaciones ilegales en el Polígono 4, conocido como Canto Grande, a su derribo.

Concretamente, la Comisión Ejecutiva ha acordado hoy exigir al propietario de las parcelas 220 y 201 a la demolición de una nave de 300 metros cuadrados, de un almacén, de 90 metros cuadrados, y de otra edificación de 70 metros cuadrados, por ejecutarlos en suelo no urbanizable de protección agrícola general.

A su vez, en la sesión de la Comisión Ejecutiva celebrada el pasado 8 de abril también se ordenó la demolición de una vivienda unifamiliar de 120 metros cuadrados en la parcela 234 del mencionado polígono, calificado por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como suelo no urbanizable de protección agrícola general.

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