Granada

La jueza entierra la causa de la fosa de Lorca que abrió Garzón en 2008

  • La magistrada considera que los hechos objeto "no son constitutivos de delito" y dicta un auto de sobreseimiento libre con el que se archiva el proceso para investigar los crímenes del franquismo.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Granada ha archivado la investigación penal que abrió el juez Baltasar Garzón en 2008 por la posible comisión de un delito de múltiples detenciones ilegales de personas en 1936 en relación con la fosa de Alfacar en la que supuestamente yacen los restos de Lorca.

La magistrada Aurora Fernández dicta un auto de sobreseimiento libre, contra el que cabe recurso de reforma o de apelación, después de que el Tribunal Supremo acordara el pasado mes de marzo que la competencia para decidir sobre la apertura de las fosas del franquismo correspondía a los juzgados territoriales y no recaía sobre la Audiencia Nacional.

En el auto, al que ha tenido acceso Granada Hoy, el Juzgado, que ya devolvió la causa en su día al entender que debía ser la Audiencia Nacional la encargada de valorar el asunto que consideraba enmarcado en delitos de lesa humanidad, argumenta que el archivo procede en tanto que los hechos objeto de investigación "no son constitutivos de delito".

Apoya la juez su decisión en "el principio de legalidad y de interdicción de la retroactividad de las normas procesales" que recoge el artículo 9 de la Constitución española, la causa de "prescripción" de los hechos investigados, y la Ley de Amnistía de 1977.

Asimismo, incide en que el pronunciamiento que realiza "no es óbice al derecho de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura posterior del General Francisco Franco a un resarcimiento moral mediante la recuperación de los restos de sus familiares", el cual, según recuerda se reconoce en la Ley de Memoria Histórica. De hecho, según apunta Aurora Fernández, su aplicación "no depende de la existencia" de esta causa "y puede ser perfectamente llevada a efecto por la administración al margen de cualquier actuación judicial".

La magistrada recoge el artículo segundo de la Ley en el que se dice que la administración pública facilitará a los descendientes directos de las víctimas "las activiades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidad violentamente durante la Guerra Civil" o posteriormente". Además "elaborará los plantes de trabajo y establecerá las subvenciones" para sufragar los gastos de estas actividades.

La citada Ley "atribuye la función relativa al levantamiento de fosas a la administración pública y no al poder judicial, sin perjuicio de lo que se practique en el ámbito de la jurisdicción", señala en el auto, donde la magistrada indica además que la intervención de la jurisdicción penal es "a posteriori", cuando ya se haya producido el hallazgo de restos humanos, por lo que "en consecuencia, no procede mantener abiertas unas diligencias penales para realizar actuaciones que no son de su competencia".

Este asunto permanecía sin resolver desde que en mayo de 2009 la titular del Juzgado rechazara la inhibición planteada seis meses antes por el entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón respecto de todas las fosas de la Guerra Civil, cuya investigación el magistrado encomendó a los respectivos juzgados territoriales.

La cuestión de competencia, planteada no solo por el juzgado de Granada, sino también por el de San Lorenzo de El Escorial (por el Valle de los Caídos), debía ser entonces dirimida por el Tribunal Supremo, que esperó a resolverla hasta que hubiera concluido el proceso penal contra el exjuez de la Audiencia Nacional, que fue juzgado por investigar los crímenes y desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo y posteriormente absuelto del delito de prevaricación del que se le acusaba.

El 29 de marzo se hizo pública la decisión de la Sala de lo Penal del Supremo, que falló la cuestión de competencia en favor del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada y el Juzgado de Instrucción número 2 de San Lorenzo de El Escorial y ordenaba a ambos a "continuar la tramitación" de las diligencias previas.

La investigación abierta hasta ahora en Instrucción 3, que se ha dilatado en el tiempo fundamentalmente por la cuestión de competencia judicial, se originó a raíz de las denuncias que 22 asociaciones de familiares de desaparecidos.

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