tribunales | proceso judicial por la paralización del centro comercial

El 'portazo' del Supremo obliga a la Junta a pagar los 165 millones a Olivo

  • El TS no admite el recurso que el Gobierno andaluz planteó para evitar la última condena económica que le impuso el TSJA por la paralización de las obras durante más de 7 años

La Junta de Andalucía había fiado al Tribunal Supremo la solución de uno de los asuntos judiciales y políticos más espinosos que tiene sobre la mesa, que es la indemnización de 165,6 millones de euros que está obligada a pagar al empresario Tomás Olivo, promotor del Centro Comercial Nevada. Pero este órgano acaba de rechazar la admisión de los recursos presentados y, por tanto, queda vigente la condena impuesta hace un año por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Con esta providencia del Supremo, que acaba de ser notificada a las partes, se terminaría el recorrido ordinario del pleito iniciado por el promotor urbanístico, que reclama ser compensado por el daño emergente y el lucro cesante de los más de 7 años en los que las obras del Centro Comercial Nevada (ubicado en el municipio granadino de Armilla) permanecieron paralizadas por orden judicial a instancias de la Junta de Andalucía. El edificio abrió sus puertas al público a finales de 2016, 11 años después de obtener la licencia de obras.

El Tribunal tampoco admite el recurso del promotor, que pedía más de 200 millones

El Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que rechaza admitir a trámite los dos recursos que han llegado a Madrid contra la decisión del TSJA en mayo del año pasado. Por un lado, el Gobierno andaluz pedía que se anulara la condena a pagar 165 millones de euros al promotor del Nevada, y por otra parte, la empresa solicitaba el incremento de esa cantidad. Desde el inicio del pleito, Olivo ha reclamado cantidades que rondan los 260 millones de euros de compensación económica, aunque sus informes periciales ofrecían varias alternativas para valorar esas pérdidas, en función de los criterios escogidos o el periodo temporal que se tenga en cuenta.

Con este reciente portazo del Supremo la condena queda en principio fijada en los términos que ya impuso el TSJA hace un año. En aquel momento la Junta recibió un enorme varapalo porque era una resolución que confirmaba la del Juzgado Contencioso 1 de Granada y, además, elevaba la cantidad a pagar en más de 8 millones de euros. La jueza de primera instancia había fallado a favor de Olivo en 2016 con una compensación de 157 millones de euros. Además, en aquella ocasión hubo polémica añadida porque los letrados de la Junta no acudieron a la vista judicial y no pudieron defender la tesis contraria a Olivo, algo que hizo constar la propia jueza.

Con dos condenas en contra -la del Juzgado y la del TSJA-, la Administración autonómica optó por intentarlo en el Tribunal Supremo, pero éste, un año después, le ha cerrado la puerta amparándose en su reciente doctrina, en la que no admite este tipo de recursos.

La Junta de Andalucía acudió a los tribunales en 2006 para tratar de frenar la construcción de un gran centro comercial en plena Vega -con zonas protegidas- de Granada e inició un contencioso que mantuvo paralizada la obra durante muchos años. Una vez que el promotor llegó a ganar aquel proceso en 2014 (el TSJA declaró legal la licencia de obras dada por el Ayuntamiento de Armilla), no tardó en exigir una compensación económica por las pérdidas ocasionadas en todos esos años. Aunque no ha obtenido los más de 200 millones que reclamaba, ha conseguido ganar en todas las instancias hasta el momento.

Durante la tramitación de este pleito económico los servicios jurídicos de la Junta siempre han pedido a los jueces que tuvieran una visión de conjunto de toda la maraña judicial que envuelve el Centro Nevada. Han tratado de incluir aquí el resultado de otro proceso judicial, en el ámbito penal, que durante aquellos años se siguió en paralelo y cuyos resultados fueron radicalmente opuestos a los del contencioso. La Audiencia Provincial de Granada llegó a condenar en 2011 a Tomás Olivo a 15 meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio y ordenó demoler una parte del centro comercial, por ocupar suelo no urbanizable. De ahí que la Junta quisiera llevar este contexto judicial completo al pleito económico, pero todas las resoluciones que le afectan se han ceñido a los trámites del proceso contencioso-administrativo, en el que la empresa de Tomás Olivo (General de Galerías Comerciales SA) sí consiguió vencer a la Junta.

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