El mes pasado en esta misma columna hacía referencia a la vista celebrada en el Tribunal Supremo sobre el caso Medina-Elvira Golf. Pues bien, el martes el Alto Tribunal admitió parcialmente el recurso de Salvemos la Vega, Adobe y Ecologistas en Acción, obligando a que el procedimiento vuelva de nuevo a la Audiencia Provincial para que en esta ocasión no excluya ninguna de las cuestiones clave que se le pasaron por alto.

Desde que la entonces concejala del grupo mixto y actual teniente de alcalde del Ayuntamiento de Atarfe, Rosa Félix, nos explicó el caso y desde que pude colaborar ad honorem como perito para el Seprona de la Guardia Civil, he repetido la historia en casi todos los cursos que he impartido sobre Ordenación Territorial. Estamos ante un caso de libro, incluyendo casi todas las cuestiones que deben preocupar a quienes pretendan dedicarse a la planificación favoreciendo la calidad de vida de la mayoría frente a los intereses especulativos de una minoría sin escrúpulos.

Entre otras fechorías, se trata de la construcción de un campo de golf sobre un suelo con un nivel de protección igual al de la Dehesa del Generalife, como muy acertadamente señala Carlos Castresana, ex fiscal jefe anticorrupción y actualmente abogado defensor del territorio granadino. Aunque -y aquí suele venir el estupor general del alumnado- el proyecto es autorizado gracias a un informe de los servicios centrales de la Junta de Andalucía que señala que un campo de golf no es una pista deportiva, algo tan inverosímil como falso sobre todo en el sudeste peninsular. Por cierto, donde antes había agricultura y una valiosa vegetación de ribera, ahora hay un páramo con animales pastando entre bunkers y greens abandonados.

Mientras quienes se dedican a las leyes ordenan nuestra sociedad utilizando el lenguaje, quienes ordenamos el territorio nos valemos de la cartografía como forma de expresión principal. En el caso que nos ocupa, la cartografía del plan territorial metropolitano (Potaug) señala al mismo tiempo como protegida y como no protegida una franja de terreno sobre la que se construyó parte de la urbanización. Una manchita o una línea que pueden parecer insignificantes en una cartografía de ámbito subregional, aderezadas con una edificabilidad más propia de Manhattan, suponen un importante pelotazo urbanístico, amén de un atentado contra el paisaje. Como es lógico, ante la duda, predominan los mapas donde esta zona es considerada protegida. Sin embargo, esta y otras muchas lecciones sobre ordenación territorial se las saltaron en la Audiencia Provincial para absolver a los acusados (políticos, técnicos y promotores). Ahora les toca repetir curso, esperemos que sean más aplicados.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios