Caso Alhambra, quedan los desagravios

Podría tenerse como ejemplo de lo que la Justicia nunca debiera hacer ni permitir, para evitar rayar casi en lo contrario, en la injusticia

Lo cierto es que éste, que se dio en llamar Caso Alhambra, es uno de esos procedimientos judiciales sobre el que merecería la pena profundizar mucho más de lo que permite el espacio de un breve artículo periodístico. Pero sí dejar subrayado que podría tenerse como ejemplo de lo que la administración de Justicia nunca debiera hacer ni permitir, para evitar rayar casi en lo contrario, en la injusticia. Y ello principalmente motivado por el larguísimo tiempo transcurrido desde su incoación -en 2005- hasta la publicación de la sentencia -casi trece años más tarde- con una fase de instrucción tan dilatada como proporcionalmente infructuosa respecto de las pretensiones de las partes acusadoras, en la que se redactaron cerca de sesenta mil folios -se dice pronto- que recogen las diferentes y controvertidas investigaciones policiales, actuaciones y autos del juez instructor, declaraciones de testigos y encausados y escritos de fiscalía, acusación particular -Patronato y Junta de Andalucía- y que acaba con una sentencia recogida en doscientos cuarenta y ocho folios en los que se exculpan absolutamente y "con todos los pronunciamientos favorables" a cuarenta encausados y se condena por diferentes delitos -pero mucho menos de lo pretendido por fiscal y acusación- sólo a diez de los más de cincuenta que en principio fueron. Es como aquel cazador que, para cazar a un pajarillo, mató a nueve faisanes.

En este llamado Caso Alhambra se ha mantenido a cuarenta ciudadanos inocentes bajo sospecha pública de ser criminales, durante más de doce largos y para ellos casi insufribles años que, en sí mismos, han venido a constituir una a modo de condena previa -"pena de banquillo"- en medio de la cual se han producido desde la contracción de penosas enfermedades; que a algunos les pudieron llevar a aceptar acuerdos de condena con la fiscalía; hasta el deceso, incluso, de algún acusado, apabullados todos por una situación desmedida. Conveniente ha de ser que digamos, también, que en la sentencia, la Sala juzgadora ha sabido apreciar todas estas circunstancias que, al fin y en casos de condena, han influido en una aminoración de las penas sentenciadas.

Por último, unas cuantas preguntas. Y no son retóricas: ¿Cómo y quién va a resarcir a los exculpados de todos los sufrimientos padecidos, sin merecimiento alguno y durante todo este largo tiempo? Eso, ¿quién y cómo debe desagraviar a los inocentes? ¿O es que en un Estado de Derecho se puede acusar gratis? ¿O no?

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