Sociedad

La Audiencia Nacional condena a Oubiña a 4 años y 7 meses por blanqueo

  • Deberá pagar además una multa de 2.226.100 euros. Su hijastro, para el que la Fiscalía pedía 3 años y medio, ha sido absuelto.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años y siete meses de prisión al narcotraficante gallego Laureano Oubiña por un delito de blanqueo de capitales procedentes del tráfico de estupefacientes. 

Oubiña, que  quedó en libertad el pasado 17 de julio, tenía sólo pendiente esta causa en la Audiencia Nacional y podría, por tanto, verse obligado a volver a prisión. El tribunal le ha impuesto, además, el pago de una multa de 2.226.100 euros y ha ordenado el comiso de siete fincas. 

La Fiscalía Antidroga solicitaba seis años de prisión para Oubiña por emplear dinero obtenido del tráfico de estupefacientes en la compra de varias fincas con el objeto de blanquearlo. El Ministerio Público consideraba que el narco lavó elevadas cantidades procedentes de la venta de droga a través de la construcción de una vivienda en Vilagarcía de Arousa, una finca en Sanxenxo, entre otras propiedades, y del movimiento y cambio de divisas.

El tribunal, compuesto por Teresa Palacios, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel ha condenado, además, a Carmen Daponte y Emilia Cano -prima y amiga respectivamente de la mujer de Oubiña Esther Lago- a tres años y tres meses de cárcel. No obstante, ha absuelto al hijastro de Oubiña, David Pérez Lago, y a otros cuatro acusados en esta causa, al considerar que no existen pruebas suficientes en su contra.

Los magistrados de la Audiencia Nacional han considerado probado que Oubiña planeó junto a su esposa Esther Lago, fallecida en 2001, "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico" que se encontraban ingresados en el Banco Popular de Melilla.  Ambos acordaron la compra de la finca denominada 'Nanín' y otras parcelas situadas cerca del que había sido su domicilio habitual, situado en A Laxe, en Villagarcía de Arousa. Cómo Oubiña se encontraba por aquel entonces en prisión, "fue Esther Lago quien llevó a cabo todas las gestiones necesarias" para la compra, realizada a través de familiares y otros allegados. 

Lago creó para la compra una sociedad mercantil que fue adquiriendo las propiedades, siempre con el consetimiento de su marido --dice la sentencia-- que agrega que ninguno de los compradores (entre los que se encuentran las otras dos condenadas) contaba "con ingresos legales" capaces de hacer frente a los gastos derivados de las adquisiones.

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