Andalucía

Bolaños levanta por primera vez las cautelares a un imputado de los ERE

  • La juez, en contra del criterio de la Fiscalía, lo libera de tener que comparecer todos los meses.

Se trata de una medida que afectará a un importante número de las 270 personas imputadas en los ERE. La juez María Núñez Bolaños, que investiga esta macrocausa, ha decidido levantar la obligación apud acta de comparecer mensualmente en el jugado al abogado Carlos Leal Bonmati, director de Estudios Jurídicos Villasís. Este investigado fue acusado por la anterior titular de haber utilizado su despacho como "centro de lavado" de las comisiones cobradas por el conseguidor de los ERE Juan Lanzas, a cuyo entramado de empresas este despacho habría abonado supuestamente más de un millón de euros mediante "facturas falsas por servicios inexistentes".

Carlos Leal Bonmati tenía impuesta desde julio de 2013 -cuando declaró ante Alaya, que lo dejó en libertad tras pagar una fianza de 150.000 euros- la obligación de comparecer en el juzgado primero semanalmente, aunque la medida cautelar se fue suavizando, hasta una comparecencia mensual.

Ahora, la juez Bolaños ha decidido levantar esta medida cautelar por completo, en un auto en el que la magistrada argumenta su decisión en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, a pesar de la oposición de la Fiscalía Anticorrupción, que se opuso al levantamiento de la medida en un escrito en el que despachaba la cuestión en un párrafo, en el que los fiscales se oponían al levantamiento "entendiendo que subsisten a la fecha los motivos que fundamentaron su adopción", sin aportar mayores argumentos.

La instructora ha atendido la petición del abogado defensor, Miguel Villegas, y ha dictado un auto en el que atiende principalmente a los más de tres años en los que se ha prolongado la medida. "En la actualidad, como en el momento de su adopción, el investigado tiene trabajo en Sevilla, familia, hijos y domicilio en esta ciudad", y durante los tres años que dura la medida su comportamiento ha sido de "plena disposición hacia el órgano judicial y como manifiesta en su escrito de aquietamiento al presente proceso".

Bolaños añade que ha sido "constante" la personación del imputado, quien no ha dado lugar a ninguna requisitoria, y concluye afirmando que "por la naturaleza de los hechos investigados no existe riesgo de ocultamiento y obstrucción a la Justicia, ni de reiteración de la conducta, a lo que hay que añadir, para valorar la razonabilidad del mantenimiento de la medida, la complejidad de la causa y la dilación en su tramitación".

La magistrada recuerda que la libertad provisional y la comparecencia apud acta tienen la "misma finalidad que la prisión provisional y su adopción ha de ser justificada y razonada", por lo que la libertad provisional "no puede acordarse de forma arbitraria ni teniendo la misma finalidad que la prisión preventiva, asegurar la disponibilidad del investigado o encausado con el objeto de garantizar el normal desarrollo de la instrucción y, sobre todo, el cumplimiento efectivo de la sentencia condenatoria que, eventualmente, pueda ser dictada en su contra".

Dice Bolaños que a finales de 2013 el pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó que la obligación de comparecencia periódica ante el órgano judicial es "la consecuencia de una medida cautelar de libertad provisional. Como tal medida cautelar puede ser compensada conforme al artículo 59 del Código Penal, atendiendo al grado de aflictividad que su efectivo y acreditado cumplimiento haya comportado". Y la sentencia del Alto Tribunal de 7 de enero de 2014 desarrolló el acuerdo y "por primera vez reconoció la posibilidad de que el periodo durante el que un imputado estuvo sometido a la obligación apud acta de comparecer se compensará en la pena impuesta", y a este fallo siguieron otros que han incidido en la materia.

Tras la decisión de la juez de levantar las medidas cautelares a Bonmati son ya varias las defensas que han solicitado a Bolaños el mismo tratamiento para otros imputados en los ERE. Se ha abierto la veda para quitar las cautelares.

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