El Gobierno impone a la Junta el término "allegado" en sus normas para la Navidad del coronavirus
La Junta pretendía solventar la "ambigüedad" del concepto con otros dos: familia de hecho y familia de derecho
Las medidas del Gobierno andaluz para la Navidad
El plan de medidas de la Junta de Andalucía para la Navidad del Covid incluirá finalmente el concepto de allegado para las reagrupaciones familiares previstas para los días más señalados. Según explican desde el Ejecutivo autonómico, se trata de una "imposición" del Gobierno de Pedro Sánchez, ya que en San Telmo consideraban que el concepto era "ambiguo".
Esta discusión entre Sevilla y Madrid ha sido uno de los motivos que ha retrasado la publicación del BOJA con las medidas que entran en vigor esta misma medianoche. Desde San Telmo reseñan la "insistencia" del Ministerio de Sanidad en que el plan andaluz incluyera esta idea del "allegado". La apuesta del Gobierno regional era sustituirlo por otros: "familia de derecho", para las legalmente establecidas, y "familia de derecho" para aquellas realidades no formalizadas. De esta forma, aseguran, "se da cabida a todas las interpretaciones posibles evitando la ambigüedad"
El propio presidente Juanma Moreno aludió a esta "ambigüedad" en la comparecencia en la que anunció las medidas que estarán vigentes en Navidad, pero finalmente la Junta ha tenido que rectificar. No hay mucha diferencia entre los dos conceptos, pero finalmente los viajes del 23 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive, se permitirá sólo para reunirse con "familiares o personas allegadas".
El decreto que se publicó en el BOJA extraordinario que incluye estas medidas contempla estos viajes, pero sólo hacia donde estos familiares o allegados tengan su residencia habitual. Esto cierra la puerta a reuniones en casas alquiladas. Los viajes entre provincias sin justificación alguna sólo pueden realizarse entre el 18 de diciembre y el 10 de enero.
Además del decreto del presidente sobre los viajes, el BOJA recoge la orden de la Consejería de Salud y Familias donde se recogen los horarios de comercio y restauración. A la consabida apertura de 20:00 a 22:30 para la hostelería entre el 18 de diciembre y el 10 de enero hay que sumar dos excepciones en Nochevieja y Nochebuena. En los días 24 y 31 de diciembre los bares y restaurantes podrán abrir hasta "una media hora antes" de la limitación horaria establecida para el toque de queda, es decir, la 01:00.
Dicha orden incluye también recomendaciones en materia de eventos como los belenes que se suelen instalar en esta época del año. La norma establece que se deberán cumplir las distancias de seguridad en las colas que se forman en estos lugares, así como su correcta desinfección. La orden de Salud también recomienda que se cumplan las medidas de higiene en "cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión". El texto alude a las "tradicionales zambombas y similares", que se podrán celebrar en cines, teatros auditorios o circos de carpas y similares, así como al aire libre y en "establecimientos destinados a espectáculos públicos".
También hay cambios en los niveles de alerta, que determinan los aforos de locales, bares y restaurantes, celebraciones, actividades deportivas y eventos. La mayoría de distritos sanitarios, 17 de los 33 en los que se divide la comunidad, bajan del nivel cuatro al tres. Se quedan en de mayor gravedad Granada y Granada Noroeste; Almería y Poniente de Almería; Jerez-Costa Noroeste, Sierra de Cádiz y Campo de Gibraltar; Condado-Campiña y Costa de Huelva; el distrito de Jaén; Serranía, en Málaga y Sevilla Este. Bajan al nivel 2 Málaga y Málaga-Guadalhorce.
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