Andalucía

La Junta blinda las 29 competencias municipales propias ante la reforma local

  • Un decreto ley fija la aplicación de la ley de Rajoy: todo queda como está, se examinarán las nuevas atribuciones y quedan en el limbo los servicios sociales especializados o los transportes

Los municipios andaluces mantendrán las competencias asignadas en la ley andaluza de autonomía local (Laula) de 2010, en la que por primera vez se definieron las competencias propias, un total de 29, e impropias de las administraciones locales. Ésta es la principal conclusión del decreto ley que última la Junta para resolver la "incertidumbre jurídica" que ha generado la entrada en vigor de la ley de reforma local del Gobierno del PP y que "podría provocar una parálisis o cese en la prestación de servicios por parte de las entidades locales".

La Junta de Andalucía quiere aprobar en un mes esta adaptación para garantizar la prestación de servicios públicos. El Consejo Andaluz de Concertación Local, un organismo consultivo paritario formado por la Junta andaluza y la Federación Andaluza de Municipios (FAMP) presidida por el PP, respaldó el pasado lunes el proyecto. Las alegaciones del PP estarían incluidas.

La Junta, que tiene recurrida esta ley ante el Tribunal Constitucional, entiende que hasta que no se resuelva este recurso la jurisprudencia deja abierta si la ley nacional prevalece sobre las normas autonómicas en las que se recoge la distribución competencial. Las leyes andaluzas siguen en vigor, no se han derogado, explican desde la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales que dirige Diego Valderas (IU). La Consejería se ha apoyado para la elaboración del decreto en la lectura que, entre otros, hace Castilla y León, gobernada por el PP, y que también hará Galicia.

Los 772 ayuntamientos andaluces mantendrán las 29 competencias asignadas en virtud del Estatuto andaluz (que otorga a la Junta competencias exclusivas sobre régimen local), la ley andaluza de autonomía local (Laula) y la legislación sectorial, a diferencia de lo que mandata la ley del Gobierno central presidido por Mariano Rajoy. Son más competencias que las recogidas en la ley estatal y así los municipios deben gestionar la ordenación, gestión y disciplina urbanística; la planificación y gestión de viviendas de protección oficial; la gestión de servicios sociales comunitarios y otros servicios; la promoción y defensa del medio ambiente; la promoción y defensa de la salud pública; la seguridad en las actividades en espacios públicos; la defensa y protección de usuarios y consumidores; la promoción del turismo; las políticas de integración de los inmigrantes; el fomento del desarrollo económico y social; las actividades culturales y el deporte y equipamientos deportivos de uso público, entre otras.

A partir de aquí, si un ayuntamiento quiere más competencias, se examinará. El decreto establece el procedimiento a seguir si un municipio quiere asumir alguna competencia delegada o impropia. Por ejemplo, un municipio quiere ubicar en su localidad un conservatorio. Si ya lo tiene, puede mantenerlo, pero si es nuevo tendrá que hacer una solicitud. En un plazo inferior a tres meses recibirá un informe "preceptivo y vinculante" sobre el cumplimiento de dos requisitos. Uno de la Consejería competente (en este caso, Educación) que aclare si hay duplicidad. Se entenderá por duplicidad que en la misma zona no haya una ejecución simultánea del mismo servicio público por parte de la Administración autonómica. Y otro de la Consejería de Hacienda que acredite que esa actividad garantiza la estabilidad presupuestaria de sus cuentas.

Los servicios sociales comunitarios seguirán como una competencia municipal (aunque la ley de reforma local las transfiere a las comunidades el 1 de enero de 2016), lo que celebran los profesionales del sector. Sin embargo los servicios sociales profesionalizados (ley de dependencia) no están tan claros.

¿Qué pasa con las competencias que ninguna administración quiera? Éstas quedarán en un limbo hasta que se aclare a quién compete. La Junta tiene por ejemplo una oportunidad con la necesaria y prometida revisión de la ley de Servicios Sociales de 1988 de fijar a quién pertenecen los servicios sociales profesionales.

Otro caso polémico, se aventura, será el de los nueve consorcios de transporte con servicios interurbanos. La Junta ya ha manifestado que hacerse cargo de la parte municipal le supone 16 millones de euros, algo inasumible, por lo que corren riesgo de desaparecer. Tras la aprobación del decreto quedaría la mitad del año para trabajar jurídicamente sobre a quién corresponden las competencias. La cooperación internacional no se considera una competencia, sino un actividad voluntaria, por lo que ayuntamientos y diputaciones no tendrán excusa.

Los servicios delegados que estén regulados con los ayuntamientos a través de convenios tienen que adaptarse obligatoriamente antes del 31 de diciembre.

La Junta establecerá una garantía del compromiso de pago porque, de lo contrario, la Administración General del Estado puede retenerle las transferencias de su sistema de financiación, lo que sería una catástrofe para la tesorería de la Junta estando el crédito bancario cerrado. Las partes evaluarán la necesidad de continuar colaborando en el ejercicio de estas competencias y tendrá que justificar que no se incurre en duplicidades, ni que la actividad supone un quebranto de su sostenibilidad financiera.

En este proceso la Junta prevé un aumento de la carga burocrática. "El Gobierno no se ha planteado el coste que le va a suponer a las administraciones hacer frente a estas adaptaciones", comenta Francisco Javier Camacho, director general de Administración Local. Esto cuando hay una carencia manifiesta de interventores en las administraciones, unos 300, y cuando la tasa de reposición está acotada al 15%. La adaptación a la reforma local acaba de comenzar.

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