Sanidad Pública

Luz verde al decreto que autoriza al SAS a contratar personal laboral temporal

Simulacro de EPES-061, agencia pública sanitaria.

Simulacro de EPES-061, agencia pública sanitaria.

La Diputación Permanente del Parlamento andaluz ha convalidado este miércoles, sin votos en contra, el decreto ley aprobado el pasado mes de diciembre por el Consejo de Gobierno que autoriza al Servicio Andaluz de Salud (SAS) para la contratación de personal laboral temporal mientras completa la integración de las agencias sanitarias iniciada a partir del 1 de enero.

Se trata, en concreto, del Decreto-ley 29/2021, de 28 de diciembre, por el que se autoriza al Servicio Andaluz de Salud para contratar a personal laboral temporal, que ha sido convalidado en la Diputación Permanente del Parlamento con los votos a favor de PP-A, Ciudadanos (Cs) y Vox, mientras que PSOE-A y Unidas Podemos por Andalucía se han abstenido.

El decreto ley, que entró en vigor con el presente año 2022, establece que "hasta tanto finalicen los procesos de estatutarización del personal laboral de las agencias públicas empresariales, el SAS podrá contratar temporalmente personal laboral no sujeto al VI convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, previa autorización de la Consejería competente en materia de regeneración, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda".

La norma, que ha defendido el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, ante la Diputación Permanente, fija que dichas contrataciones "tendrán por objeto cubrir las sustituciones de los profesionales laborales integrados" y se realizarán "para mantener homogéneas las relaciones de empleo del personal de cada uno de los centros sanitarios gestionados por las agencias públicas empresariales sanitarias disueltas y con el fin de posibilitar la eficacia en la gestión, en el marco del proceso extinción de dichas agencias".

Según ha explicado el consejero, la actual normativa reguladora del SAS "no contempla que pueda contratar a personal de naturaleza contractual laboral, excepción hecha de los profesionales asistenciales residentes en formación", mientras que el Estatuto de los Trabajadores no permite "la sustitución del profesional laboral integrado por un personal estatutario temporal, dada la diferente naturaleza jurídica de ambas relaciones contractuales".

Todo ello deriva en la "imposibilidad legal de efectuar contrataciones bajo el amparo del régimen jurídico laboral", de forma que "el personal integrado que, por las circunstancias legalmente establecidas, curse una baja laboral o una suspensión de su contrato de trabajo, no podrá ser sustituido, con lo que ello supone de merma de la calidad asistencial, incremento de las demoras de los tiempos de espera, posibilidad de reclamaciones por exceder de los tiempos establecidos en la normativa sobre garantías de tiempo de respuesta, o, aún peor, en las actuales circunstancias en que la situación de la pandemia mundial por Covid-19 aún sigue incidiendo en el sistema sanitario público de Andalucía".

Por todo ello, la Junta ha recurrido a la vía del decreto ley para permitir las contrataciones de personal laboral temporal porque, "mientras tiene lugar el procedimiento de estatutarización, el personal de las agencias que se integra en el SAS se regirá por las condiciones establecidas en sus contratos de trabajo, en su convenio colectivo vigente y demás previsiones que resulten de aplicación conforme a la legislación laboral, y de acuerdo con el régimen organizativo y funcional del centro o establecimiento del SAS al que se adscribe".

Integración en el SAS de las Agencias Públicas Sanitarias

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 28 de octubre los decretos por los que se disuelven las agencias públicas empresariales sanitarias de Andalucía, se designa órgano liquidador y el procedimiento de liquidación, se determina la integración de los centros de las agencias sanitarias en la red hospitalaria del SAS y la dependencia funcional de los centros de las agencias sanitarias, y se establecen medidas en materia de personal.

En concreto, se disuelven la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES), la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Poniente de Almería, la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Alto Guadalquivir y la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir. Desde el pasado 1 de enero, el SAS ha asumido todos los fines y objetivos de las agencias.

Los decretos de cada una de las agencias designan el órgano liquidador, que estará adscrito al SAS, y tendrá, entre otras funciones, aprobar la liquidación de las agencias por cesión e integración de todo el activo y pasivo de la citada agencia sanitaria en el SAS, así como realizar las comunicaciones y resto de actuaciones establecidas en el plan de liquidación y extinción de la agencia sanitaria.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios