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Perros potencialmente peligrosos: trámites y requisitos para tener uno

Doberman

Doberman

Con frecuencia aparecen en los medios noticias sobre ataques de perros potencialmente peligrosos (la última de ellas, en la localidad granadina de Armilla) y con cada información similar surgen dudas en torno a este tipo de animales. ¿Qué es un perro potencialmente peligroso? ¿Qué requisitos debe cumplir quien quiera hacerse con uno? ¿Qué normas debe seguir el propietario de uno de estos perros?

Como ocurre en otros muchos ámbitos, aunque hay una normativa estatal al respecto, cada comunidad autónoma tiene sus propias leyes específicas y, en este caso, regulaciones propias que desarrollan esas leyes en cada ayuntamiento.

La normativa andaluza

En el caso de Andalucía, el tema se recoge en el Decreto 42/2008, de 12 de febrero, que regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la comunidad. Dicho texto define los perros potencialmente peligrosos así:

  • Perros incluidos dentro de una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes.
  • Perros que hayan sido adiestrados para el ataque.
  • Aquellos perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan sido objeto de, al menos, una denuncia por dicha circunstancia o que hayan protagonizado agresiones a personas o ataques a otros animales.

En un anexo de ese decreto se especifica como perros potencialmente peligrosos los pertenecientes a estas razas:

  • Pitt Bull Terrier.
  • Staffordshire Bull Terrier.
  • American Staffordshire Terrier.
  • Rottweiler.
  • Dogo Argentino.
  • Fila Brasileiro.
  • Tosa Inu.
  • Akita Inu.
  • Doberman.

Documentación necesaria

Para tener un perro potencialmente peligroso, es necesaria una licencia administrativa que otorga el Ayuntamiento de la localidad de residencia de quien la solicite y que es válida solamente para el término municipal donde se solicite. Para obtenerla, hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • No haber sido condenado por delitos graves, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos o no haber sido sancionado en los últimos tres años por infracciones relacionadas.
  • Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos (informe de aptitud psicofísica emitido en un centro de reconocimiento de conductores de vehículos)
  • En el caso de que la licencia sea para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la superación de un curso específico sobre adiestramiento básico.
  • Suscripción de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 175.000 euros.
  • La licencia tendrá cinco años de vigencia, pudiendo ser renovada siempre que se cumplan los requisitos.
  • La exhibición de la licencia será exigible por el personal veterinario con carácter previo a la asistencia sanitaria del animal.

Además, hay que identificar y registrar al animal aportando:

  • Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Certificado de sanidad animal.
  • Con el documento autonómico de identificación y registro animal (DAIRA) se acreditará la inscripción del animal en el Registro Central de Animales de Compañía.
  • Ahí debe indicarse qué Ayuntamiento expide la licencia y la finalidad privada de la tenencia del animal, además del certificado de sanidad animal.

Qué pueden hacer y qué no los perros potencialmente peligrosos y sus dueños

  • Los perros potencialmente peligrosos podrán transitar por vías públicas y los lugares y espacios de uso público general, pero en ningún caso podrán acceder a los lugares de ocio y esparcimiento de menores de edad.
  • Quien lleve perros potencialmente peligrosos en vías públicas deberá ser mayor de 18 años y tendrá que llevar consigo la licencia administrativa y el documento autonómico de identificación y registro del animal.
  • En vías públicas y lugares y espacios de uso público general, los perros potencialmente peligrosos llevarán bozal adecuado para su raza y serán conducidos y controlados con cadena o correa no extensible e irrompible, de un metro de longitud máxima, y adecuada para dominar en todo momento al animal. Ninguna persona podrá llevar y conducir más de un perro potencialmente peligroso simultáneamente.
  • En casos concretos de animales potencialmente peligrosos que presenten comportamientos agresivos patológicos, el Ayuntamiento correspondiente podrá acordar medidas de control que incluyen el sacrificio del animal.

Requisitos de las instalaciones en las que deben estar estos perros

Las instalaciones que alberguen animales potencialmente peligrosos habrán de tener estas características siguientes, para que no puedan salir al exterior:

  • Las paredes y vallas han de ser lo suficientemente altas y consistentes para soportar la presión, el peso y las acometidas del animal.
  • Las puertas han de tener la suficiente solidez y resistencia para garantizar la del conjunto de la instalación, impidiendo que el animal pueda abrirlas o desencajarlas.
  • Señalización visible desde el exterior, advirtiendo de la existencia de un animal potencialmente peligroso.

Un ejemplo práctico: pasos a seguir en Sevilla capital

Como decíamos al principio, cada ayuntamiento tiene sus propios mecanismos para cumplir todos estos trámites, pero pondremos un ejemplo práctico de qué hay que hacer para adoptar un perro potencialmente peligroso en Sevilla capital. Esto es lo que se indica en la sección correspondiente de la web del Ayuntamiento hispalense.

1. Asignación del número de microchip por parte del veterinario municipal del Zoosanitario, necesario para formalizar el Seguro de Responsabilidad civil del perro.

2. Licencia administrativa

  • Fotocopia del DNI para acreditar la mayoría de edad.
  • Certificado de capacidad física y psicológica expedido por un centro de reconocimiento autorizado.
  • Certificado negativo de antecedentes penales o documento autorizando al laboratorio municipal la tramitación de la petición de antecedentes penales y un certificado o declaración responsable de no haber sido sancionando por infracciones graves contra animales.
  • Informe de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros cometidos por animales expedido por la compañía aseguradora con una cobertura no inferior a 175.000 euros (con fotocopia compulsada de la póliza y el recibo).
  • Solicitud de la licencia administrativa, pagando la tasa correspondiente (6,40 euros).
  • Revisión de toda la documentación en el Laboratorio Municipal y posterior entrega por parte del usuario en el registro.

3. Registro del animal

  • Cumplimentar la solicitud del registro del perro potencialmente peligroso y pagar la tasa (6,40 euros).
  • El Centro Municipal Zoosanitario se encargara de mandar la inscripción en el RAIA (Registro Andaluz de Identificación Animal y un Certificado de sanidad del animal al Laboratorio Municipal.
  • Revisión de toda la documentación en el Laboratorio Municipal y entrega por parte del usuario en el registro.

4. Regresar al Centro Municipal Zoosanitario para presentar el registro y la licencia.

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