Andalucía

Piden 18 años de prisión para la acusada de matar a un bebé en una guardería ilegal de El Ejido

  • El menor, de tan solo 14 meses, moría el 3 de diciembre de 1996 debido a un shock hipovólemico derivado de la sección de la vena cava interior y que le causó una parada cardiorrespiratoria

El Ministerio Público ha solicitado hoy 18 años de prisión para M.R.A., una mujer a la que imputa el asesinato de un bebé de 14 meses de edad al que cuidaba en una guardería clandestina de El Ejido (Almería) y al que, según describió ante el jurado popular que debe dirimir sobre su culpabilidad, "reventó por dentro" de un fuerte golpe en el abdomen pese a que ella durante su declaración negó en todo momento haber maltratado al menor, hijo de una "amiga íntima" y al que quería "como a mi propia hija".

La vista oral que preside el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial Manuel Espinosa se inició con un primer alegato de la fiscal, quien describió la muerte del bebé de "monstruosos" y justificó la dilación al enjuiciar unos hechos que se remontan a diciembre de 1996 y que fueron cursados como homicidio por negligencia en la renuencia de "la mente humana para asumir la cruda realidad de que el pequeño falleció en condiciones traumáticas".

Su escrito de calificación provisional, que atribuye a M.R.A. la intención de acabar con la vida del bebé, a quien seccionó de la vena cava interior y provocó un shock hipovolémico que derivó en congestión encefálica y una parada cardiorrespiratoria, solicita, asimismo, el abono de una indemnización de 150.000 euros para la madre frente a los 120.000 euros que pide la acusación particular, para la que la condena se eleva a los 20 años al incluir la agravante de abuso de confianza.

La letrada que representa a la progenitora del pequeño resaltó ante los integrantes del jurado popular la «frialdad» que a lo largo de todo el procedimiento ha mostrado, a su juicio, M.R.A., a quien imputó una "inequívoca" actitud obstruccionista de la Justicia, así como constantes contradicciones en las hasta siete declaraciones prestadas en Comisaria y ante el juzgado instructor, "donde siempre da versiones distintas de lo ocurrido".

Si para fiscal y acusación particular se produjo "un impacto brutal y voluntario" sobre el menor que, tal y como enfatizaron, "nunca se pudo producir por una caída accidental" a la vista de los informes médicos y forenses adjuntos a la causa, el abogado de la defensa solicitó un veredicto de inculpabilidad para su patrocinada que argumentó en la imposibilidad de que un golpe pudiese "cortar" la vena cava, algo que "sólo podría hacer un cuchillo o un objeto cortante".

En esta línea de estrategia procesal, insinuó a la sala ante lo que calificó de "incomprensible" que la lesión mortal podría haberse producido durante el traslado de la víctima en ambulancia desde el centro de salud de El Ejido hasta el complejo hospitalario de Torrecárdenas en la capital o durante la intervención quirúrgica a la que fue sometido ya que, tal y como afirmó, "no hubiera permanecido vivo durante tanto tiempo -cuatro horas- de haberse producido en el interior de la vivienda que la procesada usaba como guardería".

VERSIÓN DE LA ACUSADA

Según relató M.R.A. al jurado popular, el pequeño, al que cuidaba desde los cuatro meses debido a la relación de íntima amistad con la madre, a las 7,30 horas del 3 de diciembre de 1996, el bebé quedó a su cuidado como cada día junto a otros cuatro niños más de alrededor de dos años, incluida su propia hija. En contradicción con sus primeras declaraciones una vez fue detenida, aseguró que notó al bebé "quejoso como cuando se está febril" pese a lo cual no le tomó la temperatura.

Tras darle de beber un zumo lo dejó dormido sobre una tumbona y abandonó la estancia para ir al cuarto de baño a asearse. Aproximadamente una hora después, sobre las 11,30 horas, éste despertó, "volcó" y cayó al suelo desde una altura de 50 centímetros pese a que una posterior inspección ocular rebajó la distancia a 30 centímetros. Avanzado el interrogatorio de la fiscal, señaló que el momento del "accidente" su hija y otro menor "estaban a horcajadas en la misma tumbona y un poco sobre él" en referencia al pequeño, que, según añadió, al precipitarse al suelo se hincó un juguete, "al parecer una muñeca".

M.R.A. prosiguió asegurando que, tras levantar al niño y notar cómo volvía a perder el equilibrio, notó que "tenía restos de vómito del zumo en la boca así que lo llevé al cuarto de baño y al limpiarle, mordió el papel y volteó los ojos, poniéndolos en blanco". Fue entonces cuando dio aviso a una vecina y juntas fueron hasta el centro de salud. No volvió a acompañar al pequeño ni comunicarse con la madre y justificó el desinterés en la imposibilidad de comunicarse con ella una vez ésta se fue al hospital.

Sobre la existencia de hematomas en la espalda y la frente del pequeño señaló que ya los tenía antes de llegar a su casa al tiempo que negó que la progenitora le hubiese increpado días antes para que diese un mejor trato al menor después de un parte de lesiones con fecha 23 de noviembre del complejo hospitalario de Torrecárdenas, en el que se apuntaba que podría estar siendo víctima de malos tratos por parte de su cuidadora.

"Nunca le dije que lo cuidaría mejor ni nada parecido. El niño era muy débil y se caía mucho", aseguró ante la interpelación de la letrada de la acusación particular quien resaltó que cobraba 120 euros por quedarse al cargo del pequeño y su posterior imputación como presunta autora de un robo en un establecimiento hostelero en el que trabajaba como limpiadora.

El menor, de tan solo 14 meses, moría pasadas las 17,00 horas del 3 de diciembre de 1996 debido a un shock hipovólemico derivado de la sección de la vena cava interior y que le causó una parada cardiorrespiratoria, a lo que hay que sumar el desprendimiento del intestino delgado por el fuerte golpe en el abdomen y congestión encefálica que, en el informe forense, se relacionó como un hematoma que presentaba en la región frontal derecha de la cabeza.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios