Andalucía

Quebrado Los juzgados ayudan a salir de la insolvencia0euros

  • El jerezano José Ángel Salguero es el primer particular andaluz al que la Justicia le acepta acogerse a la ley concursal, tener una familia en suspensión de pagos · Su deuda con los bancos ha crecido en cinco años de cero a cerca de los 200.000 eurosLa Ley Concursal contempla una modalidad para declarse en quiebra y liquidar las deudas

18.000

A José Ángel Salguero, un jerezano de 37 años, casado y con dos hijos de cinco y tres años, se le empezó a complicar la vida el día que tuvo que subir a recoger sus dedos de la escotilla del tanque que se los había arrancado. Miro su mano y ahí están los dedos. "Un cirujano me los colocó de nuevo. Estéticamente pasan, pero éste de aquí no tiene nervio. Son y no son dedos", explica fríamente. En aquel momento, cuando sus dedos eran dedos, José Ángel era un sargento de infantería, de los de academia. Cobraba 1.150 euros, no debía nada y aunque su vida militar le había dejado rota la nariz, los tobillos hechos trizas en un accidente de esquí, e incluso una garganta móvil, todo apuntaba a una vida tranquila estallando morteros, lanzando misiles y haciendo entrenamientos de la guerra cuerpo a cuerpo. Esa escotilla del tanque acabó con ese futuro. Empezaba la batalla en la trinchera de las sucursales bancarias. José Ángel tiene cursos de explosivos, de alta montaña. José Ángel tiene cursos de supervivencia en situaciones límite. Lo que no tenía era un curso de supervivencia en el mundo virtual de la economía aplicada y la riqueza frágil. Buuum.

"Mis secuelas son más psíquicas que físicas. Tienes que construirte una vida nueva". Compartimos una cerveza en el bar de un gran centro comercial y hay música de fanfarria alrededor, pero José Ángel sigue hablando muy bajito con unas ojeras de dormir mal que lo cubren todo. Cuenta en tono monocorde los días en el hospital, cómo en el Ejército suceden cosas de las que nadie se entera, que a él le pasó todo aquello en Córdoba con un carro de combate que no era el suyo y con un capitán que tampoco era el suyo, que "yo que soy muy activo me encontré muy joven, de un día para otro, sin nada que hacer". No es exacto. Tenía mucho que hacer. Abandonó el traje de campaña y empezó a rellenar papeles. Se le concedió una pensión del 300 por cien de su sueldo con un tope legal. Por tanto, pasó de cobrar 1.150 euros a cobrar su tope: 1.950 euros. Y se fue a Jerez. El Ejército, su aventura juvenil, su curro, se había acabado.

La invalidez permanente no le impedía trabajar. Lo hizo un tiempo como vigilante. Ganaba 600 euros y se gastaba 300 en transporte. Las cuentas no salían, pero por entonces no sabía en qué consistía la ruina. La ruina se empezó a levantar el día en el que pidió el primer préstamo. "Todo el mundo lo decía. Ve al banco. Los bancos están deseando soltar dinero". En cinco años José Ángel ha construido una ruina que tiene ceros: 190.000 euros. ¿Se los ha gastado? "¿Cómo? No, no, es una deuda que ha crecido sola". Ha crecido con los impagos, con el crédito sobre crédito. "He llegado a deber a once bancos. Me hacía la picha un lío. No sabía cuánto tenía que pagar a quién y cada dinero que metía no servía para reducir mi deuda, sino para pagar intereses e impagos. No me he sabido administar, es cierto, pero tampoco me han dejado hacerlo. Mi abogado me decía que no es que tengas el agua al cuello, es que te has metido en un pozo y el agua está varios centímetros por encima de la cabeza. Lo curioso es que hasta determinado momento los bancos seguían prestando. Presentaba la pensión y, pese a que estaba ya en todos los raids, seguían dando dinero para tapar agujeros sin fondo. Pedía para pagar".

El primer préstamo, chispas, era una cosa pequeña. 18.000 euros. Estaba con el dinero a lo justo y, entre que se arreglaban y no se arreglaban los papeles, tenía que pagar la mudanza de los muebles de Córdoba a Jerez. Una cuota de 342 euros al Banesto. Con el crédito le dieron algunas tarjetas que tenían sus límites de descubiertos en 600, 1.200 y 2.400 euros. Como la cosa se estrechaba y había bonanza pidió otros 1.200 al Barclays. 120 al mes. "No calculaba, es verdad". A cada uno de sus hijos le tocaba un colegio en un punto distinto de la ciudad y el viejo Ford Fiesta ya no daba para más. Otro crédito, 12.000 euros en Cajasur y un Hyundai en la puerta . Echaba cuentas y le salían regular. Vivía de alquiler en una casa por la que pagaba 270 euros, pero sumando letras salía la palabra asfixia. "Entonces se anunciaba mucho lo de unificar créditos. Ahí cavé mi tumba. Fui a una de esas empresas, Credit Service. Para mi sorpresa me recomendaron que me comprara una casa, que pidiera una hipoteca para englobarlo todo. Ellos eligieron un piso de 96 metros cuadrados en Las Torres. Yo hubiera cogido uno más pequeño. Ellos lo tramitaron todo cobrando la intermediación. Me vi con una hipoteca de 112.000 euros con Cajamadrid y una cuota de 800 euros. Ese piso años antes no valdría ni 50.000". A partir de ahí, las gran cascada. "Al segundo mes dije que no podía pagar. pero ya no había salida". Se acumularon más impagos, más intereses, más costas de juicios. La madeja estaba tan enredada que ya nada era suficiente. "Yo decía: o pago a los bancos o doy de comer a mis hijos. Pero no me daban escapatoria. Paga, paga". Un abogado aportó una solución: "Declárate en sus pensión de pagos". El trámite ha llevado año y medio de peleas burocráticas. En septiembre se aceptó su insolvencia, en diciembre se comunicó a los bancos que detuvieran los procedimientos. José Ángel tiene ahora un administrador concursal, su tutor. Mil euros para él y el resto para la deuda. En cinco años espera que el agua esté por debajo del cuello. "Tendré que comer pan con manteca, pero saldré y no pediré un crédito nada más que para mi entierro. He cometido errores, sí, pero mi dinero se quedó en el camino". El piso que no eligió será embargado, vivirá de alquiler y, si es posible, "no pisaré más un banco".

Y así acaba esta pequeña historia que, más o menos, explica lo que es la crisis financiera mundial.

A la mayoría de los andaluces les será familiar un procedimiento jurídico denominado concurso de acreedores. La primera idea que viene a la cabeza es Delphi o, en su defecto, Jale o, incluso, Martinsa Fadesa. En todos los casos se estará en lo cierto: son empresas que se han declarado en lo que antiguamente se denominada suspensión de pagos o quiebra y que actualmente recibe el nombre de concurso de acreedores. Pero hay una modalidad de proceso menos conocida, pero igualmente contemplada por la ley 22/2003, que en los últimos meses ha arrojado un rayo de esperanza a personas atenazadas por deudas insoportables: el concurso individual.

Solicitud

La ley concursal contempla la posibilidad de que una persona física se "declare en quiebra" y, con ello, se inicie un proceso de liquidación ordenada de sus deudas. Para acogerse a esta fórmula judicial, el individuo debe acreditar encontrarse en un estado de insolvencia real o inminente. El deudor tiene que demostrar, a través de información patrimonial y fiscal que no puede asumir sus obligaciones de pago o que, de hecho, ya se encuentra desbordado económicamente. El impago de la hipoteca, asociado a la acumulación de créditos y pagos de servicios, es el escenario más común en estos casos.

Procedimiento

A diferencia de lo previsto para las empresas, la persona física puede solicitar a la Junta de Andalucía la justicia gratuita (como ocurre en la inmensa mayoría de casos) y la concesión de un abogado y un procurador de oficio. Una vez que sean asignados, se presenta la solicitud, fundamentada y argumentada, de concurso ante el Juzgado de lo Mercantil.

inicio de concurso

La declaración (aceptación) del concurso de acreedores corresponde al juez (o jueza en el caso de algunas de las provincias). En caso afirmativo, la autoridad judicial nombra un administrador, que puede ser un abogado, un economista o un auditor de cuentas. Éste se hará cargo de la gestión y control del patrimonio mientras se resuelven todas las deudas, pero hay dos modalidades: suspensión, por la que las facultades de gestión quedan totalmente en poder del administrador y se da cuando se advierte un posible dolo o mala fe en el deudor; o intervención, en la que el deudor mantiene la capacidad de administración de sus bienes pero para operar necesita el consentimiento previo del administrador. Éste elabora un informe sobre la situación de insolvencia y los acreedores pendientes de pago.

Resolución

Una vez que los acreedores reconocen y aceptan la deuda establecida por la administración concursal, se inicia la fase de resolución, que puede producirse por convenio o por liquidación. El primero es el más favorable porque contempla la posibilidad de la quita (reducción y negociación del pago de la deuda). En caso de que no se llegue a un acuerdo con los acreedores, se establecería la liquidación ordenada y el abono por orden de prelación (importancia, que no valor) de las deudas con los intereses en suspensión.

ventajas

La principal es que desde el momento de la declaración del concurso, los créditos y pagos pendientes dejan de devengar intereses (financieros o de demora), con la salvedad de las hipotecas (los bancos han ganado esta batalla y se considera un crédito "privilegiado"). Además, en el caso de que el particular sea autónomo y el bien afectado esté relacionado con una actividad económica o profesional, también cabe la suspensión de la ejecución de embargos (casa, coche...).

Inconvenientes

La declaración del concurso individual no paraliza la ejecución del embargo de la vivienda (desencadenante principal de estos procesos). La presión de los bancos ha podido sobre la aplicación de una ley que nació durante la etapa de auge económico. Pocos podrían atisbar la repercusión que ha llegado a tener. Además, se ha detectado un "vacío legal absoluto" en un detalle aparentemente nimio pero que es muy importante en el desarrollo del proceso: la publicación en prensa de la declaración del concurso para que los acreedores comprueben y confirmen sus deudas. Al ser un procedimiento de justicia gratuita y con profesionales de oficio, "nadie quiere hacerse cargo de este pago".

En el caso de José Ángel, la jueza de lo Mercantil ha reclamado a la Delegación Provincial de Justicia la ejecución de esta publicación el pasado 16 de enero. El concurso se declaró en septiembre, por lo que desde entonces han transcurrido cuatro meses... el tiempo corre, y lo hace en contra de José Ángel. "Es un gran problema", sentencia Blas Fernández, abogado y administrador concursal de José Ángel Salguero.

Valoración

La ley sólo reserva a esta modalidad de persona física un número muy reducido de artículos (se pueden contar con los dedos de una mano), por lo que adolece de un desarrollo y redacción claros. La propia jueza de lo Mercantil de Cádiz, Nuria Orellana, reconoce que "es necesario reformar la ley porque la regulación actual es insuficiente y no favorece este concurso". Orellana aboga por que se incluyan preceptos más específicos y por que se aclaren aspectos como la paralización del pago de la hipoteca hasta la resolución del proceso. Para Blas Fernández, una clave de estas lagunas es que la ley entró en vigor en los años económicos "buenos". "Si se elaborase ahora, sería muy diferente", concluye el letrado y administrador.

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