Andalucía

Suspenden la obligación de cursar EpC a los hijos de un ex diputado del PP

  • El TSJA acuerda, como medida cautelar mientras se resuelve el recurso presentado, que los hijos de Manuel Atencia, actual vicepresidente de Unicaja, no reciban esta asignatura, ya que el ex diputado presentó un recurso por intromisión a derechos fundamentales

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado, como medida cautelar mientras se resuelve el recurso presentado, la suspensión de la obligación de cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía a los hijos del ex diputado del Partido Popular Manuel Atencia. En el auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se asegura que "los demandantes se amparan en el ejercicio del derecho fundamental a la objeción de conciencia".

El Alto Tribunal señala que han de coordinarse ahora los dos criterios esenciales: "por una parte, salvaguardar la finalidad legítima del recurso y, por otra, la ponderación de intereses: públicos o, incluso, de terceros, que demandan la ejecución por imperativo de la eficacia de la actuación administrativa, y los privados, que piden la suspensión provisional de lo impugnado, en tanto dura el procedimiento".

En esta ponderación de intereses se considera también que "la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad del acuerdo combatido en un recurso contencioso-administrativo tiene como finalidad preservar el principio de efectividad de la decisión judicial", según se indica.

Además, la resolución resalta "los derechos en juego, que son el de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (según se estipula en el art.27.3 CE), y el de la libertad ideológica y religiosa (según lo establecido en el artículo 161.1 CE)".

Sobre el conflicto entre intereses públicos y privados, la resolución refleja que "debe sobreponerse la efectividad de los derechos sobre las llamadas genéricas al interés público".

Atencia, actual vicepresidente de Unicaja, afirmó que él y su esposa interpusieron un recurso contencioso- administrativo por intromisión a derechos fundamentales. "Queríamos que nos amparara el TSJA mientras se dicta una sentencia definitiva, adoptando la medida cautelar, por la que se nos reconoce el derecho de nuestros hijos a no cursar la asignatura".

Por su parte, el Alto Tribunal estimó que "si se deniega la medida cautelar, se crea una situación que no podría ser alterada por el contenido de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes porque, entre tanto, su hijo habría recibido los contenidos educativos que se pretenden evitar".

La Fiscalía, sin embargo, establece que la concesión de la medida cautelar "supone el efectivo reconocimiento provisional de la objeción de conciencia y tal medida carecería de efectos, pues ninguno de los hijos de los recurrentes cursa la asignatura".

En este sentido, Atencia explicó que una de sus hijas está en tercero de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), "curso en el que ya se imparte Educación para la Ciudadanía, que atenta contra nuestras propias convicciones", resaltó.

"Creo que esta resolución a nuestro favor es una buena noticia y ahora esperamos que se produzca una resolución general del TSJA, donde se reconozca el derecho a la objeción de conciencia frente a esta asignatura tan polémica, tan mal planteada y en la que el Estado pretende algo tan terrible como es adoctrinar a nuestros hijos, inmiscuyéndose en los derechos que tenemos los padres", manifestó.

Atencia opinó que "con esta asignatura el Estado pretende atribuirse, sin nuestro consentimiento, el papel de educador de la conciencia moral de nuestros hijos, algo que es un derecho y un deber que corresponde a los padres". El ex diputado del PP se mostró seguro de que, con esta resolución, "muchos padres se van a ver animados a presentar sus situaciones y nos va a animar a nosotros a seguir peleando por un caso que creemos injusto".

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