Caso de los ERE

Vilaplana procesa al ex consejero Martín Soler y a otros cinco investigados por los préstamos de 36 millones a Santana Motor

La investigación de la Udef se enmarca en las diligencias abiertas por las ayudas públicas a Santana Motor.

La investigación de la Udef se enmarca en las diligencias abiertas por las ayudas públicas a Santana Motor. / javier barbancho

Una nueva pieza de los ERE cuya instrucción finaliza y lo hace con cinco acusados. El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana ha dictado un auto en el que ha procesado al ex consejero de Innovación de la Junta Martín Soler y otras cinco personas investigadas en la causa donde se analizan los préstamos por valor de 36.105.044 euros concedidos a la empresa Santana Motor al amparo del convenio específico de colaboración suscrito entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la agencia IDEA el día 15 de diciembre de 2009 para la creación de capacidades de diseño y desarrollo tecnológico y de procesos de industrialización de vehículos todoterreno, denominado convenio Massif.

En un auto dictado el día 22 de noviembre y notificado este viernes a las partes, el magistrado toma esta decisión por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

Los seis investigados en esta causa son el ex consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía Martín Soler; dos ex directores generales de la agencia IDEA, Jacinto Cañete y Antonio Valverde, y tres representantes de Santana Motor. 

El instructor explica en el auto que esta causa tiene por objeto “la presunta ilicitud de la formalización y publicación -de forma mendaz-“ del denominado convenio Massif “ y la posible administración irregular de los fondos destinados a su financiación, ejecución y cumplimiento”, precisando que, en el marco de este convenio, la agencia IDEA, mediante acuerdos del Consejo Rector ratificados por el Consejo de Gobierno de la Junta el 15 de diciembre de 2009, aprobó la concesión de un “préstamo reembolsable” a Santana Motor por importe de 25.735.044 euros y 10.370.000 euros (en total, 36.105.044 euros), respectivamente.

En este sentido, y según resalta el magistrado en el auto, la Intervención General de la Junta expuso en informe de actuación de la agencia IDEA que el convenio finalmente suscrito el 17 de diciembre de 2010, y que firmaron el ex consejero y uno de los ex directores generales de IDEA investigados, “contiene un nuevo texto sustituido e incorporado, distinto del realmente aprobado por el Consejo de Gobierno el 15 de diciembre de 2009”, de forma que el contenido del convenio y su naturaleza jurídica fueron alterados “sustancialmente”, y “lo que la agencia IDEA (y posteriormente Santana Motor) recibe no es un crédito reintegrable, como había autorizado el Consejo de Gobierno, sino una ayuda a fondo perdido”.

Ayudas “a fondo perdido”

Según expone el juez, el informe de actuación emitido por la Intervención de la Junta concluyó que “... nos encontramos ante un nuevo convenio firmado entre la Consejería y la agencia IDEA”, de modo que la actuación administrativa concurrente “se habría llevado a cabo con omisión patente de los procedimientos y principios legalmente aplicables”, un “incumplimiento” que supone que el préstamo que como tal había sido autorizado por el Consejo de Gobierno “habría pasado a ser una entrega de fondos sin contraprestación alguna en favor de Santana Motor”, produciéndose así “un menoscabo de estos fondos públicos, que habrían sido entregados a Santana sin autorización del Consejo de Gobierno y sin que los mismos hayan sido recuperados por la agencia IDEA dada la situación de insolvencia y crisis financiera en que se encontraba dicha entidad desde hacía años”.

El magistrado analiza seguidamente el préstamo concedido por IDEA a Santana Motor al amparo del “mendaz” texto del convenio de 17 de diciembre de 2009, y concluye que, teniendo en cuenta el resultado de las diligencias practicadas, “resultaría factible deducir que los responsables de la Agencia IDEA y de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa investigados habrían transferido irregularmente los fondos objeto del préstamo derivado del convenio Massif en favor del Grupo Santana Motor, con la natural complicidad y concurrencia de sus directivos y representantes investigados, a sabiendas de la falta de viabilidad del proyecto y de la falta de capacidad económica de dicha empresa para su reintegro, de maneta injusta y arbitraria, sin intención alguna de mejora del producto y con la única finalidad de cubrir gastos ya devengados que no podían ser atendidos o financiados de otro modo”.

Así, subraya que “las cantidades entregadas por IDEA a Santana Motor en concepto de préstamo, posteriormente modificado a préstamo participativo, serían en realidad ayudas a fondo perdido concedidas graciosamente -sin intención alguna de recuperar aquéllas- al margen de los procedimientos legalmente aplicables, procediéndose así a destinar y disponer de aquéllos fondos de forma arbitraria, sin justificación en interés público alguno, por el mero voluntarismo de los responsables de la Consejería de Innovación y de la agencia IDEA, quienes habrían contado con la natural colaboración de los responsables de Santana, determinando una ilícita disposición de fondos públicos derivada de la utilización fraudulenta del capital del préstamo”.

El magistrado indica que “no es posible verificar que los fondos transferidos o aportados a Santana Motor se emplearan en el proyecto Massif” y asevera que “existen indicios de que el capital (36.105.044 euros) objeto de los préstamos concedidos se aplicaron a finalidades diferentes de las previstas en el convenio”, pues las empresas subcontratadas “que iban a ser destinatarias de los fondos y que iban a participar de forma relevante en la ejecución del proyecto -siendo así expresamente designadas según los términos del propio convenio- tan sólo percibieron fondos –algunas, no todas- por importe de 10.649.604 euros, si se considera exclusivamente el periodo 2010-2011, cantidad muy alejada de los 36.105.044 euros objeto de la irregular financiación descrita”.

Para finalizar, Vilaplana asevera que “la ilicitud de la irregular e injustificada administración y disposición de fondos públicos en favor del grupo Santana Motor no podría entenderse carente de relevancia penal -ni mucho menos entenderse subsanada- por el mero hecho de que dicho grupo empresarial estuviera participado por la propia Junta a través de la agencia IDEA”, y ello “teniendo en cuenta que la entidad obligada a la devolución de los fondos objeto del préstamo derivado del convenio Massif era Santana Motor, sociedad mercantil de naturaleza privada -que además opera en un mercado libre, no intervenido-, por más que su capital fuera esencialmente público, circunstancia ésta última que no permite confundir a la empresa mercantil (dotada de personalidad jurídica propia) con su socia mayoritaria”.

Vilaplana excluyó al marido de la directora general de la Guardia Civil

En julio pasado, el juez archivó la causa contra el marido de la actual directora general de la Guardia Civil y hermano del ex presidente de Santana Motor por la causa por las ayudas recibidas por la empresa.

Asimismo, abrió varias piezas nuevas a raiz de este procedimiento. De este modo, según Vilaplana "resulta factible deducir la posible ilicitud de otros instrumentos de financiación" del Grupo. Entre otras destaca la "injustificada aportación de fondos por importe de 14.466.779 euros" realizadas a favor del grupo automovilístico por parte de Incuba (Incubadoras de emprendedores de Andalucía S. L., cuya titularidad ostentaba la Agencia IDEA a través de un "convenio de aportación de fondos para reposición de pérdidas, reaizado en julio de 2011 por importe de 14.466.779 euros. La operación se justifica en dicho convenio algando las pérdidas globales que Santa Motor tuvo en los ejercicios anteriores, que llegaron a 207.922.000 euros, con pérdidas durante el ejercicio 2009 de 23.602.000 euros; "de modo que se trataría de una aportación de Incuba a favor de Santana con la finalidad de reponer parte de las pérdidas acumuladas por la sociedad. Se identificaría, por tanto, con una operación de financiación irregular a fondo perdido, sin plazo de amortización, intereses, o compromiso de devolución", señala el auto del Juzgado de Instrucción número 6.

El auto hacía referencia también al "irregular mecanismo de financiación" que supone la  La adquisición de inmuebles por parte de lIDEA en favor de Santana Motor. En concreto, se refiere a la venta de cuatro fincas que el Grupo "habría transmitido a la Agencia, (que, a su vez, era la propietaria de Santana) por el precio de 13.585.874 euros". Esto se suma, según la instrucción, a diversas "operaciones millonarias" de compraventa e inmuebles del parque industrial de Santana en Linares en favor de Idea "con el objetivo de que pudieran ser atendidas de manera urgente las necesidades financieras" del Grupo del motor.  Según el auto, estas operaciones, eran "de escasa o nula utilidad económica para la Agencia Idea, la cual ya habría de ser indirecta titular de los inmuebles al ser la propietaria -socio único- de Santana Motor".

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