Málaga

Una empresa recomienda a sus trabajadores que eviten escotes, minifaldas y bermudas

  • Una multinacional del PTA distribuye entre sus trabajadores un código de vestimenta

  • UGT denuncia las “connotaciones sexuales”

Imagen de archivo del PTA

Imagen de archivo del PTA / Javier Albiñana

"Deberían evitar las siguientes prendas:…camisas o camisetas de tirantes o escotes y/o minifaldas pronunciados, bermudas…” Ese es uno de los fragmentos del código de vestimenta que una empresa multinacional alemana situada en el Parque Tecnológico de Andalucía (PTA) ha distribuido entre todos sus trabajadores de España y que ha sorprendido no solo a la plantilla sino también al sindicato UGT, que considera “trasnochado” tal documento, además de discriminatorio.

En palabras del secretario general, el código “llega al extremo de señalar que debemos prestar atención al estado de dichas prendas –limpias, planchadas y evitando las desgastadas”. Aunque afirma que “no persigue estandarizar el vestuario del personal”, el resto del documento pone de manifiesto lo contrario, “distinguiendo entre prendas que, a juicio de la empresa, son aceptables y las que no lo son, definiéndose así unas normas de estilo con un sesgo ideológico absolutamente trasnochado en el sector tecnológico en el que nos desenvolvemos”.

Asimismo, el documento incluye que “los colaboradores deberán mantener una buena higiene personal en todo momento durante el desarrollo de su actividad profesional”.

Para UGT, lo más grave es que las prescripciones y advertencias relativas a la vestimenta de la mujer (“escotes y/o minifaldas pronunciadas”) son un “caso claro de reglas dictadas a las mujeres exclusivamente en razón del género y relacionadas con la visión de la mujer como objeto sexual”. “Es un comentario sexista. No es lo más adecuado para una compañía de 40.000 empleados a nivel mundial”, aseveró el portavoz sindical, que entiende que no es “políticamente correcto” y que esa “mentalidad no está socialmente aceptada”.

En opinión de UGT, las indicaciones a las mujeres “contradicen todo protocolo de actuación en caso de acoso sexual o acoso por razón de sexo en el ámbito laboral”. “Con las pautas sexistas descritas anteriormente, se cae en el estereotipo que relaciona la vestimenta femenina con la actitud de provocación, lo que a estas alturas es inaceptable”, apostilla el sindicato.

La Sección Sindical considera por tanto que la empresa se extralimita con este código de vestimenta en las facultades del empresario “para establecer una imagen corporativa y se vulneran los derechos de las personas trabajadoras a la intimidad personal y a la imagen, así como a la no discriminación por razón de género”.

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