'caso minutas'

El fiscal señala que Del Nido fue un gran beneficiario del "núcleo duro" del GIL

  • Las defensas arremeten contra Anticorrupción porque las minutas del abogado fueron avaladas por el Tribunal de Cuentas y creen que hay hechos prescritos

¿Los 6,7 millones de euros que el abogado José María del Nido percibió entre 1999 y 2003 del Ayuntamiento de Marbella en concepto de minutas no tienen ninguna incidencia penal porque ya el Tribunal de Cuentas avaló estos honorarios profesionales? ¿Se trata de delitos prescritos en ocasiones años antes de que se descubrieran los hechos? ¿Se vulneró el derecho a la defensa cuando se formularon acusaciones que no figuraban ni en la querella inicial ni en los interrogatorios previos? Estas fueron las tres principales cuestiones que ayer consumieron la primera de las 30 sesiones en las que está previsto que se desarrolle el juicio contra el presidente del Sevilla, los ex alcaldes de Marbella Julián Muñoz y Tomás Reñones, el presunto cerebro de la corrupción marbellí, Juan Antonio Roca, además de otros siete ex concejales, el ex secretario de la Corporación, Leopoldo Barrantes, y cuatro antiguos directivos de sociedades municipales.

El fiscal Anticorrupción Francisco Jiménez-Villarejo se lanzó de cabeza a las cuestiones previas al juicio expuestas por los abogados de los finalmente 17 acusados, tras la fuga del ex edil Francisco Javier Lendínez, también imputado en el caso Minutas. El acusador despejó primero de su terreno de juego la cuestión del Tribunal de Cuentas. Esta institución judicial ha avalado en varias sentencias y desde el punto de vista contable los honorarios que se pagaron a Del Nido. Pero el fiscal recordó en primer lugar que el abogado sevillano no estaba acusado en aquellos hechos, sino los concejales y directivos de sociedades que abonaron sus servicios por coordinar acciones dirigidas a "obstaculizar" el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

En segundo lugar, Jiménez-Villarejo argumentó que el Tribunal de Cuentas únicamente determinó si existieron encargos y en uno de los casos el fallo del órgano jurisdiccional contable se basó simplemente en la mera "existencia de las minutas" y en las declaraciones de Modesto Perodia y Víctor Cohen, ambos imputados en el caso Minutas.

La Fiscalía Anticorrupción recurrió a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para justificar que las cuestiones contables y las penales circulan por caminos paralelos que ni se invalidan ni se avalan entre sí ni siquiera en el momento fijar la responsabilidad civil que, en su opinión, se debe establecer en la sentencia y no antes.

Otro de los aspectos en los que coincidieron las defensas es que se les atribuyeron delitos meses y hasta años después de que prestaran declaración en el juzgado. En este sentido, el abogado Pedro Apalategui, que representa a José María del Nido, indicó que la Fiscalía Anticorrupción presentó la querella que dio lugar al caso Minutas en julio de 2006 por fraude en concurso con malversación y prevaricación administrativa, delitos por los que en su momento fue interrogado José María del Nido.

Sin embargo, el auto de procedimiento abreviado en "un frenesí acusatorio" incluyó también los delitos de asociación ilícita, malversación del uso de bienes muebles y falsedad. A estos hechos se sumaron en la apertura de juicio oral las acusaciones por delitos societarios, deslealtad profesional y falsedad en documento oficial. A su entender, se trató de imputaciones "sorpresivas" que no tenían "posibilidad de defensa".

Para el fiscal Anticorrupción, entra en la lógica procesal que los delitos se perfilen a medida que avanza la investigación y en todo caso cree que el que se determinaran en el auto de procedimiento abreviado no sólo no perjudicó sino que ayudó a Del Nido, porque así conocía con exactitud qué se le imputaba. En cualquier caso, Francisco Jiménez-Villarejo no escatimó esfuerzos para subrayar que no puede alegar indefensión quien ha aportado durante el procedimiento ocho escritos de alegación, seis proponiendo pruebas, aportó las minutas correspondientes a los años 2002 y 2003 y presentó ocho recursos de reforma y apelación.

Anticorrupción lanzó su último tiro a puerta contra la indefensión argumentada por las defensas cuando aseguró que durante el juicio demostrará que José María del Nido, "en concierto" previo con el "núcleo duro" del Ayuntamiento de Marbella y las personas que tenían puestos destacados en las sociedades municipales, fue el principal beneficiado de las actividades de "descapitalización" de las arcas municipales. Afirmó que el abogado cobró "cantidades desorbitadas y en muchas ocasiones injustificadas" gracias a la connivencia y la "maquinación" orquestada desde la Alcaldía, primero con Jesús Gil y después con Julián Muñoz.

La prescripción de los delitos fue otro de los asuntos ampliamente alegados por los abogados defensores de los imputados. Los hechos ocurrieron entre 1999 y 2003 por lo que varios delitos, al menos formalmente, podrían haber prescrito en 2006 cuando Anticorrupción presentó una querella motivada por un informe contable del Tribunal de Cuentas y otros en los años siguientes, antes de que sus supuestos autores fueran llamados a declarar.

En este sentido, el fiscal Anticorrupción fue contundente al advertir que aisladamente podría haber algunos delitos prescritos, pero, sin embargo, lo ocurrido con las minutas profesionales en aquella época no se puede observar fuera de contexto, sino en conexión con un delito principal de malversación de caudales públicos de carácter continuado que no sólo no ha prescrito, sino que de acuerdo con la doctrina "sirve de dique de contención" del resto de los delitos.

Previsiblemente José María del Nido, que se enfrenta a 13 años y medio de cárcel, será hoy interrogado por las diferentes partes de este procedimiento y podrá dar de primera mano su versión de lo ocurrido con aquellas minutas que cobró al Ayuntamiento de Marbella y a sus empresas municipales hasta que la moción de censura descabalgó de la Alcaldía a Julián Muñoz para colocar a Marisol Yagüe. Por tanto, la pelota hoy estará en su terreno de juego.

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