CCA

Indemnización de 3.000 euros a un docente que acumuló una decena de sanciones por gritar a los alumnos, incumplir el deber de sigilo y dejación de funciones

  • El Consejo Consultivo de Andalucía, con sede en Granada, establece esta suma porque una de las suspensiones de empleo fue anulada judicialmente 

Sede del Consejo Consultivo en Granada.

Sede del Consejo Consultivo en Granada. / Archivo

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA), con sede en Granada, ha establecido una indemnización de 3.000 euros que deberá abonar Educación a un docente. Éste demandó a la Administración por "daños psicofísicos y morales" que Educación "le habría producido a él y a su esposa" y por los que solicitaba una suma de 83.792 euros. El motivo de estos "daños" fueron los "diversos procedimientos disciplinarios" abiertos contra el profesor.

Según indica el dictamen del Consultivo, una sentencia de 2019 considera acreditado que hay "pruebas de cargo sobre la realidad de las infracciones que se le han imputado" y que motivaron la sanción administrativa. Los hechos se refieren a "dejación de funciones" que se produjeron a pesar de los "continuos y reiterados requerimientos" del resto de docentes, el equipo directivo del instituto de Jaén en el que trabajaba,  y los padres del alumnado. Otra sentencia, de 2014, acredita una segunda infracción, que conllevó una sanción de dos meses de suspensión de funciones por "falta de rendimiento".

La tercera infracción fue por "trato poco digno" del demandante hacia los alumnos, a los que se dirigía con frases "poco apropiadas". Según se recoge en la sentencia que avala la sanción, "trataba a los alumnos con expresiones despectivas y gritándoles, utilizando para ello un vocabulario soez" y además "de forma reiterada". El juez considera así que se vulnera el derecho del alumnado a que "se respete su intimidad, integridad y dignidad personal". Esta falta supuso un mes de suspensión de funciones. 

Por otro lado, el docente en cuestión fue sancionado por no guardar el debido sigilo respecto a los asuntos de los que tenía conocimiento por razón de su cargo. Así, "la sentencia considera acreditado que el demandante ha incumplido el deber de sigilo que le corresponde cumplir como funcionario docente". Por este motivo fue suspendido durante quince días, una sanción que fue inferior a lo que propuso Educación en su resolución y que el juzgado corrige "al considerarla mas adecuada y proporcionada a la infracción realmente cometida". Otro expediente disciplinario abierto por Educación finalizó con una resolución, en enero de 2019, que determinó un total de tres meses de suspensión por seis sanciones.

Tras señalara esta retahíla de procedimientos, el Consultivo considera que la anulación de un sanción por "adopción de acuerdos manifiestamente ilegales cuando causen perjuicios a la Administración o a los ciudadanos y no constituya falta muy grave" es, según explica el dictamen, "un supuesto susceptible de indemnización".

La decisión judicial que anula la sanción administrativa supone, señala el texto, una "lesión antijurídica que el interesado no está obligado a soportar". El juez consideró que no quedó acreditada la comisión de tal infracción. Así, se señala por parte del consultivo que se trata de "una sanción sin prueba de cargo (según la referida sentencia)", por lo que procede indemnizar al reclamante. Pese a solicitar más de 83.000 euros, se determina que la suma indemnizatoria debería de ser de 3.000 euros.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios