Andalucía

El requisito del padrón para acceder a una VPO disgusta al Defensor

  • La institución insta a la Junta a regular las condiciones que pueden pedir los municipios

Se trató de un caso puntual, unas quejas sobre la adjudicación de unas viviendas protegidas en Málaga, pero de la experiencia el Defensor del Pueblo andaluz, José Chamizo, extrajo conclusiones. La institución no es partidaria de dejar en manos de los ayuntamientos el catálogo de requisitos a exigir para optar a una VPO y uno de ellos es la petición de empadronamiento.

El Defensor entiende en una resolución que un ayuntamiento no puede decidir los años mínimos de residencia "hasta tanto tal exigencia no tenga la cobertura legal necesaria mediante normativa estatal o autonómica". Y como se da el caso de que no existe norma al respecto, no la pueden poner, explicaron fuentes de la Oficina. Se da la circunstancia de que el Registro de Demandantes de VPO que se aprobará con la futura Ley de Vivienda, según el borrador tal y como está ahora, deja en manos de los ayuntamientos establecer el periodo de empadronamiento, salvo para victimas de violencia de género o terrorismo, a quienes se exceptúa de este requisito.

La institución considera que "sería muy de agradecer que la propia comunidad autónoma sea más activa a la hora de avalar los requisitos que anuncia cada ayuntamiento en sus planes, para puntualizar o reporbar alguna incidencia".

Asimismo el Defensor es partidario de reservar un cupo de viviendas para familias que procedan de fuera de Andalucía y vayan a instalarse en la comunidad, a fin de atender la necesidad de estas personas sin que tengan que esperar unos años determinados para intentar acceder a una VPO.

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