Economía

Junta y vendedores ambulantes se unen para analizar la actualidad del sector

  • La Consejería de Comercio iniciará una ronda de reuniones con el colectivo para examinar al detalle las posibles carencias de la actual ley tras la entrada en vigor de la directiva europea de servicios

Paliar el impacto negativo de la directiva europea de servicios en el sector de la venta ambulante es el gran reto de la Junta de Andalucía y del propio sector. La directora general de Comercio de la Junta, María del Carmen Cantero, y representantes de asociaciones de vendedores ambulantes de la comunidad andaluza se reunieron en Málaga para analizar la situación de este colectivo y estudiar futuras medidas conjuntas encaminadas a mejorar las consecuencias de este nuevo documento.

Al término de este encuentro, que constituyó la primera toma de contacto de la Consejería de Turismo y Comercio con este gremio, Cantero señaló que la Administración autonómica "atenderá las demandas y necesidades expuestas por las asociaciones de comercio ambulante de Andalucía, que ponen de manifiesto la existencia de trabas para el desarrollo de su actividad derivadas de la legislación vigente".

Asimismo, la directora general avanzó que próximamente se iniciará una ronda de reuniones de trabajo más concretas entre la Consejería y las asociaciones de profesionales de este sector, con el fin de "examinar con detalle las posibles carencias o limitaciones de la actual ley de comercio ambulante de Andalucía tras la trasposición de la directiva europea de servicios y encontrar soluciones que preserven los derechos de los vendedores".

La Ley 9/1988, del Comercio Ambulante de Andalucía se modificó en 2010 para la trasposición de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior. La reforma incorporó como principal novedad que las licencias que conceden los ayuntamientos tendrán una vigencia de uno a cuatro años, y luego deben otorgarse en igualdad de condiciones sin tener en cuenta la antigüedad (antes de la modificación de la normativa la renovación de las licencias era indefinida). Además, la norma europa establece que ya no es obligatoria la inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes como requisito previo al ejercicio de la actividad, para el cual basta una autorización municipal.

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