Economía

Renta 2021: a partir de qué cuantía es obligatorio presentar la declaración

¿Por qué es importante la barrera de los 22.000€ para la declaración de la renta 2020-21?

¿Por qué es importante la barrera de los 22.000€ para la declaración de la renta 2020-21?

Miles de personas ya han conocido el borrador de la renta del año 2020-2021 y hay que recordar que están obligados a declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) los que hayan obtenido el año pasado rentas superiores a los 22.000 euros, en función de los distintos rendimientos íntegros del trabajo, es decir, sueldos, salarios o pensiones. Por lo tanto, todos aquellos ciudadanos que hayan tenido un rendimientos mayores a esa cifra tienen que presentar la declaración ante la Agencia Tributaria. 

Existen dudas entre las personas sobre los 22.000 euros porque se aplica a aquellos que han recibido las rentas de un único pagador. Sin embargo, también se usa en las ocasiones en las que se han percibido varios pagadores como les ha ocurrido a miles de personas cuando se han encontrado en ERTE y les ha pagado su empresa y la Seguridad Social.

También, se tendrán en cuenta unos rendimientos del trabajo que consistan en las pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas, así como el tipo de retención que se haya determinado por el procedimiento especial. Por otro lado, el límite de los 14.000 euros anuales desciende cuando esa cantidad proceda de más de un pagador. 

Otras posibilidades de rendimientos

Asimismo, cuando haya habido pensiones compensatorias del cónyuge o unas anualidades por alimentos, o el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener, se mantendrá el límite comentado anteriormente de los catorce mil euros anuales. Otra posibilidad es cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo que estén sujetos a todo tipo fijo de retención. 

Si el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) sólo ha implicado una reducción de la jornada de trabajo, una parte del salario lo paga la empresa, con su correspondiente retención del IRPF, mientras que la otra la paga el Servicio de Empleo Estatal (SEPE), con una retención mínima del impuesto mencionado anteriormente. Cuando haya pasado esta cuestión, la prestación recibida por el SEPE cuenta como si fuera un pagador más, por lo que el trabajador tiene en realidad dos pagadores y tendrá que fijarse en el límite de los 22.000 euros. 

Por lo tanto, habrá que hacer bien las cuentas y fijarse en los resultados que den los pagadores y, en concreto, el SEPE. En estos momentos, sigue trabajando este servicio estatal para actualizar los pagos que se han hecho a los trabajadores durante los meses de la pandemia del coronavirus y debe notificar los mismos a la Agencia Tributaria para que no existan problemas a la hora de hacer la declaración de la renta por parte de las personas que han sufrido la interrupción de su actividad laboral durante muchos meses debido a las restricciones sanitarias que se han producido.

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