España

Condenada a medio año de cárcel la ex jefa de finanzas del PSOE por el caso AVE

  • El Supremo estima el recurso del PP, aunque confirma la absolución del ex presidente de Renfe Julián García Valverde

El Tribunal Supremo condenó ayer a la ex coordinadora de finanzas del PSOE Aída Álvarez y a su esposo, Miguel Molledo, a seis meses de prisión y multa de 1.200 euros por falsedad en documento mercantil en el caso AVE, en el que se investigó una supuesta financiación irregular del PSOE en los años 80. La Sala de lo Penal del Supremo estima los recursos interpuestos por el PP y el fiscal contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2006, que absolvía a ambos.

Por contra, el Supremo absuelve a los dirigentes de la empresa Siemens Francisco Francés y Mario Huete del delito continuado de falsedad en documento mercantil por el que fueron condenados a un año de cárcel y a una multa de 18.000 euros, al considerarlo prescrito, y confirma la absolución del ex ministro de Sanidad y ex presidente de Renfe Julián García Valverde. También confirma la absolución del ex administrador de Filesa Luis Oliveró, el director de Compras de Renfe Leopoldo Iglesias, del ex responsable de Siemens Juan José Chinchilla y de Germán Álvarez, que estaba acusado como partícipe lucrativo.

La Audiencia condenó además a un año de prisión y 18.000 euros de multa a Florencio Ornia, Juan Carlos Mangana, Sotero Jiménez y Valentín Medel, que ocuparon diferentes cargos en los gobiernos socialistas y en el PSOE, por un delito continuado de falsedad de documento mercantil y les absolvió de cohecho, lo que confirma el Alto Tribunal.

El caso AVE arrancó en 1994 y fue desglosado del caso Filesa para investigar vías de supuesta financiación irregular del PSOE con comisiones por adjudicaciones del AVE Madrid-Sevilla. La Audiencia absolvió a Álvarez y Molledo al concluir que ya habían sido condenados por el mismo delito en el caso Filesa, pero ahora el TS concluye que "si se tramitan dos procesos distintos en relación con hechos distintos no puede haber cosa juzgada". Ahora el TS les condena a seis meses y un día de prisión menor dado el carácter más favorable del Código Penal de 1973, y multa de 1.200 euros, con arresto sustitutorio caso de impago de un día por cada 100 euros que resulten impagados.

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