Consejo de Ministros

El Gobierno aprobará este martes la suspensión de los desahucios hasta el 9 de mayo

  • El decreto incluye la ocupación de viviendas vacías de grandes propietarios

Acampada contra los desahucios en Granada.

Acampada contra los desahucios en Granada. / Carlos Gil

El Gobierno aprobará este martes la suspensión de los desahucios de alquiler de familias vulnerables sin alternativa habitacional hasta el fin del estado de alarma (9 de mayo), incluidos los de ocupantes sin contrato de viviendas vacías de grandes tenedores o propietarios de más de diez inmuebles.

En estos casos, la suspensión será solo por tres meses y los grandes propietarios podrán pedir una compensación.

A pocas horas de su previsible aprobación, el Gobierno estudia acotar la tipología de los beneficiarios sin contrato a discapacitados, víctimas de violencia machista y personas con menores o dependientes a su cargo, aseguran a Efe fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

El nuevo decreto-ley, que ha sido motivo de fricción entre los socios de gobierno, verá la luz tras más de un mes de negociaciones en el que la vicepresidencia social de Unidas Podemos rechazaba cualquier medida compensatoria para estos grandes tenedores, que son fondos de inversión, entidades financieras y sociedades inmobiliarias y de gestión de activos.

Prórroga e la moratoria

Por un lado, el texto prolonga hasta el 9 de mayo la moratoria que expiraba el 31 de enero de los desahucios de alquiler para los afectados por la crisis de la Covid-19 y extiende la medida a los colectivos vulnerables por otras causas y a los que se encontraban en situación de vulnerabilidad antes de la pandemia, ya que muchos de estos casos son los que están ahora resolviendo los juzgados.

Por otra parte, para las familias que ocupan pisos vacíos de grandes tenedores, los lanzamientos quedarán suspendidos tres meses, tiempo durante el que deberán acreditar su situación de vulnerabilidad económica y la comunidad autónoma correspondiente proporcionarles una alternativa de "vivienda digna".

Si la Administración autonómica no les proporciona esa alternativa habitacional, el desahucio se llevará a efecto y las grandes inmobiliarias tendrán derecho a solicitar una compensación por el perjuicio que les haya ocasionado la paralización del lanzamiento.

Según el Mitma, la compensación consistirá en el precio medio de alquiler del entorno en el que se ubique el inmueble, que será determinado a partir de los índices de referencia más los gastos corrientes asumidos y acreditados por el arrendador, por el período que medie entre la suspensión del desahucio y su levantamiento.

Si la solución habitacional se aplica dentro de los tres meses siguientes desde la emisión del informe de vulnerabilidad de los servicios sociales, el propietario no tendrá derecho a solicitar la compensación.

En la redacción del real-decreto han participado, además del Mitma y de la Vicepresidencia segunda y Ministerio de Derechos Sociales, el de Asuntos Económicos, el de Justicia y la Vicepresidencia primera, que será quien lo eleve mañana al Consejo de Ministros, junto con medidas que amplían la garantía de que no se corte el suministro a ningún consumidor vulnerable.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios